Autoridades y personal. . (2024/251-49)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se modifica la Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se modifica la Resolución de 2 de julio de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56357/2
docentes del artículo 68 y de Profesorado Permanente Laboral. Sólo podrán acceder a
dichas plazas profesoras y profesores que hayan prestado, como mínimo, dos años de
servicios efectivos en el puesto de origen y que estén acreditados para la categoría a
la que promocionan (…); y, de otra que, el artículo 20.4.b) de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, solo contempla para
el cálculo de la tasa de reposición únicamente las de Catedráticos de Universidad y, por
tanto, quedan excluidas de tal cómputo, el resto. De este modo, no deben contar para
determinar el 120% de la tasa de reposición las promociones, de acuerdo del art. 71.2
LOSU, de Profesor Permanente Laboral a Profesor Titular de Universidad, suponiendo,
además, un ahorro en costes de personal al no cotizar estos últimos por las contingencias
de Desempleo y FOGASA.
De este modo, en el apartado segundo. Cuantificación de las plazas, debe decir:
«Segundo. Cuantificación de las plazas.
El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2024 es el
siguiente:
Personal Docente e Investigador funcionario.
Categoría
Profesor/a Titular de Universidad
Profesor/a Titular de Universidad (Reserva otras discapacidades)
Profesor/a Titular de Universidad
Subgrupo
A1
A1
A1
Total plazas
125
17 (*)
26 (**)
Régimen
Turno libre
Turno libre
Turno libre
(*) En aplicación del artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a
las Personas con Discapacidad en Andalucía. El cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad
intelectual (2%) y a personas con enfermedad mental (1%), toda vez que este tipo de discapacidad se
caracteriza por limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento
adaptativo, que abarca muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible
con la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté acreditado para las
figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o Catedrático/a, queda incluido en las plazas
reservadas para discapacidad general.
(**) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3. En el
supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, éstas se podrán ofertar a otros
investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3,
en virtud del artículo 20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023.
00313302
Málaga, 20 de diciembre de 2024.- El Rector, Juan Teodomiro López Navarrete.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56357/2
docentes del artículo 68 y de Profesorado Permanente Laboral. Sólo podrán acceder a
dichas plazas profesoras y profesores que hayan prestado, como mínimo, dos años de
servicios efectivos en el puesto de origen y que estén acreditados para la categoría a
la que promocionan (…); y, de otra que, el artículo 20.4.b) de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, solo contempla para
el cálculo de la tasa de reposición únicamente las de Catedráticos de Universidad y, por
tanto, quedan excluidas de tal cómputo, el resto. De este modo, no deben contar para
determinar el 120% de la tasa de reposición las promociones, de acuerdo del art. 71.2
LOSU, de Profesor Permanente Laboral a Profesor Titular de Universidad, suponiendo,
además, un ahorro en costes de personal al no cotizar estos últimos por las contingencias
de Desempleo y FOGASA.
De este modo, en el apartado segundo. Cuantificación de las plazas, debe decir:
«Segundo. Cuantificación de las plazas.
El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2024 es el
siguiente:
Personal Docente e Investigador funcionario.
Categoría
Profesor/a Titular de Universidad
Profesor/a Titular de Universidad (Reserva otras discapacidades)
Profesor/a Titular de Universidad
Subgrupo
A1
A1
A1
Total plazas
125
17 (*)
26 (**)
Régimen
Turno libre
Turno libre
Turno libre
(*) En aplicación del artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a
las Personas con Discapacidad en Andalucía. El cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad
intelectual (2%) y a personas con enfermedad mental (1%), toda vez que este tipo de discapacidad se
caracteriza por limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento
adaptativo, que abarca muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible
con la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté acreditado para las
figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o Catedrático/a, queda incluido en las plazas
reservadas para discapacidad general.
(**) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3. En el
supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, éstas se podrán ofertar a otros
investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3,
en virtud del artículo 20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023.
00313302
Málaga, 20 de diciembre de 2024.- El Rector, Juan Teodomiro López Navarrete.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja