3. Otras disposiciones. . (2024/251-77)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del presupuesto para el ejercicio 2025
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56411/27

b) Asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia económicopresupuestaria, en especial la relativa a la contratación en el ámbito del sector
público.
c) Gestionar la disposición de los gastos, que tendrán como límite los créditos
presupuestarios que tenga asignada cada Unidad.
Tienen condición de responsables de Unidades de Gasto:
a) El Rector
b) Las personas que ocupen los cargos de Vicerrectorados y cargos asimilados,
Defensoría Universitaria y Secretaria General que tengan asignadas dotaciones
presupuestarias.
c) La Gerencia
d) Los Directores de Secretariado que tengan autorizadas dotaciones
presupuestarias específicas.
e) Los Directores de Cátedras e investigadores principales de proyectos, en los
estrictos términos previstos en la normativa o acuerdos que lo regulen, así como
los responsables directos de la gestión económica de otras subvenciones y
ayudas concedidas a Universidad Internacional destinadas a un fin específico.
f) Aquellos otros que puedan ser autorizados por la Gerencia.
La Gerente podrá autorizar la apertura de Unidades de Gasto independientes con la
finalidad de mejorar la gestión y justificación de los ingresos que reciba la Universidad
para actividades específicas diferenciadas, entendiendo como tales, entre otras, las relativas a cursos, seminarios, congresos o cualquier otro evento de estas características.
En caso de ausencia o enfermedad del titular de una Unidad de Gasto, éste podrá delegar por escrito en otra persona las competencias a la gestión de las dotaciones presupuestarias, asumiéndolas el responsable de la Unidad de Gasto como propias. En
caso de ausencia o enfermedad del titular de una Unidad de Gasto, sin que medie una
delegación de competencias por escrito, asumirá provisionalmente la gestión presupuestaria y económica la Gerencia o persona en la que delegue.
Con carácter general, se producirá la pérdida de la condición de responsable de una
Unidad de Gasto en caso de cese en el cargo de un órgano de gobierno o unidad administrativa, por la extinción de la situación de activo o asimilada, en caso de pérdida de
su vinculación jurídica con la Universidad Internacional de Andalucía o con motivo de
nombramiento por el Rector de un nuevo responsable de la Unidad.
Los miembros de la Universidad Internacional de Andalucía velarán durante sus actuaciones por la correcta adecuación de los trámites de naturaleza económico-presupuestaria a la legislación, instrucciones y procedimientos aprobados. La no observación de
las mismas podrá derivar, en su caso, de las responsabilidades que sean de aplicación
conforme a la regulación vigente en razón de la materia.
Artículo 10. Clasificación económica del estado de gastos

00313355

1. Los créditos incluidos en el Estado de Gastos del Presupuesto se ordenan también
según su naturaleza económica, atendiendo a la codificación por capítulos, artículos,
conceptos, subconceptos y, en su caso, partidas, según la clasificación establecida por
la Orden de 28 de abril de 2006 de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta
de Andalucía, por la que se aprueba la clasificación económica de ingresos y gastos del
Presupuesto de las Universidades Públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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