3. Otras disposiciones. . (2024/251-72)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2025, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL

Secretaría General Técnica

BOJA

Boletín Oficial
ANEXO II de
y III la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

Hoja 5 de 120
página 56317/5

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA
ORGANISMO:

1.4. CAPÍTULO I DEL PRESUPUESTO PARA 2025.
El artículo 22 del Proyecto de Ley de Presupuesto para 2025 autoriza los costes de personal de las
Universidades de titularidad pública, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía. De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 57.6 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, se autorizan los
costes de personal de la Universidad de Granada por los siguientes importes, en euros:
CUERPO
DOCENTE
UNIVERSITARIO
175.775.458

PDI
LABORAL

PTGAS
FUNCIONARIO

PTGAS
LABORAL

68.656.981

127.991.106

4.906.767

PERSONAL
LABORAL
EVENTUAL
113.233

TOTAL
COSTES
377.443.545

Esta cota es claramente insuficiente para las necesidades de la Universidad de Granada, como se viene
reclamando reiteradamente a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.
Como puede comprobarse, a pesar de que nuestros gastos de personal crecen significativamente, debido
fundamentalmente a la aplicación de normas de carácter básico y de obligado cumplimiento para la Universidad de
Granada, nuestra Comunidad Autónoma por segundo año consecutivo nos autoriza un límite de gasto muy por
debajo de nuestras necesidades resultando inferior incluso a la previsible liquidación de gasto de personal
en 2024, que se sitúa en 391 millones de euros.
En 2025, los incrementos de Capítulo I, además del coste que supone habitualmente el crecimiento vegetativo
y la promoción del personal, los principales incrementos de costes estarán motivados, bien por obligación legal,
como es el caso de:
a. Los incrementos de cotizaciones a la Seguridad Social (incremento de bases máximas,
incremento del mecanismo de equidad intergeneracional y cotización adicional a la seguridad
social).
b. El incremento de gastos en trienios por aplicación de la Ley Andaluza de la Función Pública, con
efectos retroactivos desde 01/01/2024.
Bien por aplicación de sentencias judiciales
c. Pago de quinquenios docentes y sexenios de investigación al PDI laboral temporal.
O por acuerdos alcanzados en materia de personal auspiciados por la propia Junta de Andalucía,
con compromiso de financiación adicional para su implantación:
d. Coste de la carrera horizontal del PTGAS, con efectos del 01/01/2024.
e. Coste de los nuevos quinquenios docentes, con efectos del 01/01/2024, establecidos la Orden de
10 de septiembre de 2024, por la que se convoca el procedimiento de evaluación de méritos del
personal docente e investigador de las Universidades públicas de Andalucía, para la obtención
de los tramos retributivos de carácter progresivo regulados en el Decreto 134/2024, de 30 de
julio, por el que se regulan los complementos retributivos autonómicos del personal docente e
investigador de las Universidades públicas del sistema universitario de Andalucía.

00313262

El importe de estos incrementos de costes que la Ley de presupuestos, en su redacción actual
no autoriza, ni financia, asciende a un total de 19.936.488 euros, a los que deben sumarse un 0,5% del
coste total en concepto de crecimiento vegetativo tampoco incluido (1.957.679 euros). Su desglose es
el siguiente:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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