3. Otras disposiciones. . (2024/251-72)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2025, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica

BOJA

Boletín Oficial
ANEXO II de
y III la Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA

Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

ORGANISMO:

Hoja 37 de 120
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procedencia y cuya imputación se realice sobre créditos afectados. En cualquier caso, se dejará constancia en el
expediente de las causas por las que no se procedió al reconocimiento de la obligación en el ejercicio precedente.
c) Las obligaciones de contratos formalizados por órgano competente derivadas de suministros, obras, alquileres u
otros contratos de servicios estructurales de pago periódico cuyos recibos o documentos de cobro, correspondan al
último mes del año anterior, no imputadas a presupuesto durante el mismo, siempre y cuando no se haya podido
realizar la comprobación de la realización del servicio, la obra o la entrega del suministro.
Artículo 16. Reconocimiento de la obligación en la ejecución del gasto.
1. El reconocimiento de la obligación se efectuará una vez que:
a) Sea recibida la factura y/o justificantes que prueben la recepción de los bienes, la prestación del servicio o el
derecho del acreedor con todos los requisitos legales que correspondan al gasto autorizado.
b) Para la admisión y anotación de facturas en el Registro Contable de Facturas de la UGR, obligatoriamente, estas
deberán contener los siguientes datos (códigos DIR3) para proceder a su tramitación:
● Órgano Gestor: U00800001 Universidad de Granada.
● Oficina Contable: GE0002980 Servicio de Contabilidad y Presupuesto.
● Unidad Tramitadora: GE0002980 Servicio de Contabilidad y Presupuesto.
● Unidad Proponente: Codificación del centro de gasto (10 caracteres).
2. Están obligados al uso de la factura electrónica, con independencia de su importe, todos los proveedores que
hayan de facturar a la UGR por adquisiciones de bienes y prestaciones de servicio. El proveedor que haya expedido
la factura electrónica tendrá la obligación de presentarla a través del Punto General de Entrada de Facturas
Electrónicas de la Administración General del Estado (FACe) en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega
efectiva de las mercancías o la prestación de servicios. En tanto no se cumplan los requisitos de tiempo y forma de
presentación de la factura, no se entenderá cumplida la obligación por parte del proveedor de presentación de la
factura en el registro.
3. Sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente sobre facturación, se excepciona de la obligación de
presentación de la factura en FACe, aquellas que en el momento de su tramitación hayan sido previamente
abonadas, mediante tarjeta electrónica de pago de la UGR, en adelante TPeUGR, o a recuperar por cesionario, y
las que tienen carácter de “A Justificar”; así como las que sean emitidas por personas físicas o entidades que
facturen desde el extranjero y no dispongan de los medios técnicos para ello. Estas facturas se presentarán a través
del portal de facturación (PORFA) habilitado por la UGR, correspondiendo a los usuarios encargados de su gestión
comprobar que las facturas contienen, como mínimo, los siguientes requisitos:

00313262

- Número de factura.
- Fecha de expedición que deberá estar comprendida dentro del plazo de ejecución aprobado para los
proyectos o subvenciones recibidas.
- Datos Proveedor: Identificación, NIF y domicilio fiscal.
- Datos Destinatario: Universidad de Granada. NIF de la UGR.
- Descripción: Describirá claramente el bien o servicio adquirido.
- Tipo impositivo aplicado (IVA o IPSI) y cuota tributaria resultante. Se especificarán por separado las bases
que se encuentren exentas o que tengan distinto tipo impositivo.
- Fecha de prestación del servicio. Si es distinta a la fecha de expedición.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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