3. Otras disposiciones. . (2024/251-57)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado inmigrante, curso 2024-2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56421/5
Mancomunidad de Municipios Sierra de Cádiz (CIF:P1100011D):
Finalidad:
- Atención directa a niños/as y familias, donde se hayan detectado problemas de
absentismo escolar temporero por recogida de cosechas en la Sierra de Cádiz, con los
objetivos de lograr la permanencia de ese alumnado, perteneciente a familias dedicadas
a tareas laborales de temporada agrícola o a profesiones itinerantes, en las localidades y
centros docentes de origen durante todo el curso escolar, así como de prevenir, controlar
y realizar un seguimiento del absentismo escolar, en colaboración con los centros
docentes, para garantizar el cumplimiento de la escolarización obligatoria.
Actividades:
- Acompañamiento escolar, organizando clases de apoyo enfocadas
fundamentalmente a la enseñanza de la lectoescritura y nociones de cálculo, para
conseguir la plena asistencia del alumnado en su proceso de escolarización.
- Actividades de acción tutorial con el alumnado de familias temporeras y seguimiento
del plan educativo de los alumnos, así como visitas y contacto con los tutores y profesores
de los distintos centros.
- Manutención de los niños, donde la Delegación de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional no pueda atender en los comedores escolares a estos niños al amparo de la
Disposición Adicional Única del Decreto 192/1997 de 29 de julio, se ofrecerá el servicio
de comedor en las Residencias.
- Actividades de acompañamiento escolar, apoyándolos en todo lo posible a la
asistencia de los niños y niñas en su período de escolarización.
- Acompañamiento en momentos de ocio, mediante la realización de juegos, visitas,
talleres, etc.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313364
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las Bases
Reguladoras para esta línea de subvención: Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95,
de 17/05/2011):
- Permanencia del alumnado de familias dedicadas a tareas laborales de temporada
o a profesiones itinerantes en las localidades y centros docentes de origen durante todo
el curso escolar, para garantizar un proceso educativo sin interrupciones, así como al
colectivo del alumnado inmigrante que pudiera estar afectado.
- Colaboración con los centros docentes de la localidad en el seguimiento escolar del
alumnado para evitar el absentismo y reforzar su asistencia y permanencia en el sistema
educativo.
- Identificar al alumnado que presente indicadores de riesgo de absentismo, al objeto
de prevenirlo.
- Control y seguimiento del cumplimiento de la escolarización obligatoria con objeto
de garantizar el derecho a la educación de todo el alumnado.
- Atención del alumnado fuera del horario lectivo mediante la organización de
actividades socio-educativas e iniciativas que sean necesarias.
- Atención en las localidades de destino de los escolares que se desplacen
temporalmente por motivos laborales de los padres y madres.
- Plena incorporación del alumnado inmigrante y de sus familias en el entorno escolar
y social.
4. Las distintas Entidades Locales, objeto de subvención, llevarán a cabo las
siguientes actuaciones:
Se hace constar que algunas de estas Entidades Locales tienen suscritos Convenios
con la Consejería de Educación y con la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales
para colaborar en materia de absentismo escolar, creando las Comisiones Municipales
de Absentismo, para coordinar, planificar y evaluar el Programa de Absentismo Anual
de la localidad con la ayuda del Equipo Técnico Municipal de Absentismo, no existiendo
concurrencia con las actuaciones que ahora se subvencionan.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56421/5
Mancomunidad de Municipios Sierra de Cádiz (CIF:P1100011D):
Finalidad:
- Atención directa a niños/as y familias, donde se hayan detectado problemas de
absentismo escolar temporero por recogida de cosechas en la Sierra de Cádiz, con los
objetivos de lograr la permanencia de ese alumnado, perteneciente a familias dedicadas
a tareas laborales de temporada agrícola o a profesiones itinerantes, en las localidades y
centros docentes de origen durante todo el curso escolar, así como de prevenir, controlar
y realizar un seguimiento del absentismo escolar, en colaboración con los centros
docentes, para garantizar el cumplimiento de la escolarización obligatoria.
Actividades:
- Acompañamiento escolar, organizando clases de apoyo enfocadas
fundamentalmente a la enseñanza de la lectoescritura y nociones de cálculo, para
conseguir la plena asistencia del alumnado en su proceso de escolarización.
- Actividades de acción tutorial con el alumnado de familias temporeras y seguimiento
del plan educativo de los alumnos, así como visitas y contacto con los tutores y profesores
de los distintos centros.
- Manutención de los niños, donde la Delegación de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional no pueda atender en los comedores escolares a estos niños al amparo de la
Disposición Adicional Única del Decreto 192/1997 de 29 de julio, se ofrecerá el servicio
de comedor en las Residencias.
- Actividades de acompañamiento escolar, apoyándolos en todo lo posible a la
asistencia de los niños y niñas en su período de escolarización.
- Acompañamiento en momentos de ocio, mediante la realización de juegos, visitas,
talleres, etc.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313364
medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las Bases
Reguladoras para esta línea de subvención: Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95,
de 17/05/2011):
- Permanencia del alumnado de familias dedicadas a tareas laborales de temporada
o a profesiones itinerantes en las localidades y centros docentes de origen durante todo
el curso escolar, para garantizar un proceso educativo sin interrupciones, así como al
colectivo del alumnado inmigrante que pudiera estar afectado.
- Colaboración con los centros docentes de la localidad en el seguimiento escolar del
alumnado para evitar el absentismo y reforzar su asistencia y permanencia en el sistema
educativo.
- Identificar al alumnado que presente indicadores de riesgo de absentismo, al objeto
de prevenirlo.
- Control y seguimiento del cumplimiento de la escolarización obligatoria con objeto
de garantizar el derecho a la educación de todo el alumnado.
- Atención del alumnado fuera del horario lectivo mediante la organización de
actividades socio-educativas e iniciativas que sean necesarias.
- Atención en las localidades de destino de los escolares que se desplacen
temporalmente por motivos laborales de los padres y madres.
- Plena incorporación del alumnado inmigrante y de sus familias en el entorno escolar
y social.
4. Las distintas Entidades Locales, objeto de subvención, llevarán a cabo las
siguientes actuaciones:
Se hace constar que algunas de estas Entidades Locales tienen suscritos Convenios
con la Consejería de Educación y con la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales
para colaborar en materia de absentismo escolar, creando las Comisiones Municipales
de Absentismo, para coordinar, planificar y evaluar el Programa de Absentismo Anual
de la localidad con la ayuda del Equipo Técnico Municipal de Absentismo, no existiendo
concurrencia con las actuaciones que ahora se subvencionan.