Disposiciones generales. . (2024/251-6)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones reguladas en la Orden de 17 de septiembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades de asistencia técnica y de actividades de información, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56290/9

Decimoséptimo. Evaluación de las acciones.
Conforme al artículo 25 de la Orden TES/864/2023, de 21 de julio, se establecen
en esta convocatoria los siguientes indicadores para cada una de las acciones
subvencionadas:
1. Indicadores de la Línea 1. Subvenciones para acciones de asistencia técnica:
- Número total de personas usuarias que han recibido asistencia técnica, desglosado
por sexo, a nivel territorial y sectorial.
- Grado de satisfacción de las personas usuarias con el resultado de la asistencia
técnica recibida. Media global desglosada por sexo, a nivel territorial y sectorial.
2. Indicadores de la Línea 2. Subvenciones para acciones de información:
- Número total de personas destinatarias de las acciones de información, desglosado
por sexo, a nivel territorial y sectorial. Cuando las acciones hayan consistido en
campañas informativas y de divulgación, a través de cualquier medio de comunicación o
redes sociales, la entidad beneficiaria hará mención de las herramientas de medición de
alcance empleadas en su determinación.
- Grado de satisfacción de las personas destinatarias de las acciones de información.
Media global desglosada por sexo, a nivel territorial y sectorial. Cuando las acciones
hayan consistido en campañas informativas y de divulgación, a través de cualquier
medio de comunicación o redes sociales, la entidad beneficiaria hará mención de las
herramientas empleadas en su determinación.
La información sobre estos indicadores será proporcionada por las entidades
beneficiarias en la justificación de la subvención.
Decimoctavo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de la publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la presente convocatoria, previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

00313235

Sevilla, 17 de diciembre de 2024.- La Presidenta, P.D. (Orden de 17.9.2024, BOJA
núm. 185, de 23.9.2024), el Director-Gerente, Luis Roda Oliveira.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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