Disposiciones generales. . (2024/251-9)
Orden de 17 de diciembre de 2024, por la que se realiza la convocatoria para 2024 para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias competencia de la Secretaría General de Vivienda.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56289/5

Debido a la naturaleza de los destinatarios de estas subvenciones, las entidades
solicitantes están exceptuadas de las prohibiciones recogidas en el artículo 3.3 del
texto articulado, por lo que no tendrán que acreditar que se hallan al corriente de las
obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, o que no tienen deudas en periodo
ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía.
Sexto. Cuantía de las subvenciones. Financiación.
El importe de los créditos destinados a la convocatoria para 2024 ascenderá a un total de
700.000 euros, teniendo cada subvención una dotación máxima de 50.000 euros y afectando
a dos anualidades, que corresponden a las partidas presupuestarias reflejadas a continuación.
ANUALIDAD
2025
2027

PARTIDA PRESUPUESTARIA
1700030000G/43A/44102/00 01
1700030000G/43A/44102/00 01
TOTAL

CUANTÍA (euros)
350.000
350.000
700.000

Séptimo. Solicitudes. Presentación y plazo.
Para participar en el proceso de selección se deberá cumplimentar:
- El Anexo I, formulario de Solicitud/Subsanación, según el modelo publicado en
la presente resolución, que se dirigirá a la persona titular de la Secretaría General de
Vivienda, acompañado de:
- La Memoria Científico-Técnica (MCT).
- De los CVA de las personas integrantes del Equipo de Investigación (EI).
La presentación de la solicitud se hará exclusivamente de forma telemática:
• Rellenando el Formulario Anexo I directamente en la aplicación
• Adjuntando la Memoria Científico-Técnica (que podrá descargarse en la dirección
abajo reseñada), a la que se le adjuntaran tantos CVA como personas formen el Equipo
de Investigación.
La aplicación estará disponible sólo durante el plazo que se habilite para la
presentación de las solicitudes, a través de la dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24739/como-solicitar.html
De no estar disponible, se podrá acceder a través de:
https://juntadeandalucia.es/servicios.html
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 20 de enero de 2025 hasta
el 20 de febrero de 2025, ambos inclusive, una vez publicado en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313237

Esta cuantía tendrá carácter estimado, quedando condicionada a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en el presupuesto que se apruebe para el ejercicio 2025,
pudiéndose adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual en aplicación de lo
establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía. Por ello, los efectos de todos los actos de trámite dictados en
el expediente de gasto se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de
concesión subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el
momento en que fueron producidos dichos actos.
Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos realizados dentro del período de
ejecución, que como máximo será de 15 meses, teniendo su inicio con la resolución
de concesión y finalizando en la fecha límite para la ejecución de cada proyecto
subvencionado. En ningún caso serán subvencionables los gastos realizados con
anterioridad a la resolución de concesión de la subvención.
La financiación podrá aplicarse a los conceptos y gastos subvencionables establecidos
en los apartados 2. y 5.c) del cuadro resumen, que deberán figurar descritos y cuantificados
en la Memoria Cientifico-Técnica del proyecto y en el presupuesto de la misma.