Disposiciones generales. . (2024/251-2)
Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.
80 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56510/22
para programas específicos y necesidades estacionales; así como el subconcepto
149.70, Personal temporal no incluido en puestos de estructura.
g) El grupo formado por los créditos destinados a otro personal, prestaciones
sociales y retribuciones en especie que se compone, a nivel de sección y servicio, de los
artículos 14 (excepto el subconcepto 149.70, Personal temporal no incluido en puestos de
estructura); 16 (excepto el concepto 160, Cuotas sociales, y los subconceptos recogidos
en el párrafo j); los conceptos 122, Retribuciones en especie, y 139, Otro personal laboral.
h) El grupo formado por los créditos destinados a atender los gastos por productividad
del personal estatutario de sanidad en concepto de rendimiento profesional, a nivel
de sección y servicio de los subconceptos 150.60, CRP-Complemento rendimiento
profesional (personal sanidad), y 150.68, CRP-Complemento rendimiento profesional del
personal estatutario interino, eventual y sustituto.
i) El grupo formado por los créditos destinados a atender los otros gastos por productividad
del personal estatutario de sanidad, a nivel de sección y servicio de los subconceptos
150.61, Participación en programas especiales; 150.62, Productividad personal directivo
sanidad; 150.63, Productividad trasplantes (personal sanidad); 150.64, Desplazamientos por
razón del servicio (personal sanidad); 150.65, Productividad, factor exclusividad, personal
plantilla; 150.66, Productividad, factor exclusividad, personal estatutario interino, eventual y
sustituto; 150.67, Otras productividades del personal estatutario interino, eventual y sustituto,
y 150.69, Otras productividades (personal sanidad), y cualquier otra productividad del
personal estatutario que no se incluya en el párrafo anterior.
j) A nivel de sección y servicio, el grupo formado por los subconceptos 162.04 y
163.05, Seguros de vida y accidente; 162.11, Seguro diputados y diputadas, y 165.01,
Seguro de responsabilidad civil.
k) El grupo formado por los créditos para gastos por modificaciones retributivas y
revisiones salariales, a nivel de sección, servicio y concepto 170.
l) El grupo formado por los créditos para gastos por provisión de plazas, nuevos
devengos y obligaciones no previstas, que incluye los conceptos 171 y 172, a nivel de
sección, servicio y programa.
m) El grupo formado por los créditos destinados a las variaciones de la plantilla
presupuestaria, a nivel de sección, servicio y concepto 190, Incremento plantilla presupuestaria.
2. Para el capítulo II de la clasificación económica del estado de gastos, y en relación
con los créditos financiados con recursos propios, tendrán carácter específicamente
vinculante los siguientes créditos:
a) A nivel de sección, servicio y programa, el grupo formado por los subconceptos
226.02, Información, divulgación y publicidad; 226.12, Publicidad institucional, y 226.16,
Contratos de patrocinio institucional.
b) Asistencia sanitaria con medios ajenos, a nivel de sección, servicio, programa y
artículo 25.
c) El grupo formado por los créditos destinados a financiar el gasto de farmacia, a
nivel de sección, servicio y subconceptos 221.06, Productos farmacéuticos; 221.18,
Vacunas, y 221.20, Productos radiofármacos.
d) Energía eléctrica contratación centralizada, a nivel de sección, servicio, programa
y subconcepto 221.16.
e) Comunicaciones telefónicas contratación centralizada, a nivel de sección, servicio,
programa y subconcepto 222.16.
f) El grupo formado por los créditos destinados a financiar estudios y trabajos
técnicos, a nivel de sección, servicio, programa y subconceptos 227.06, Estudios y
trabajos técnicos, y 227.08, Estudios y trabajos técnicos del área TIC.
g) El grupo formado por los créditos destinados a financiar el transporte sanitario, a
nivel de sección, servicio, programa y subconceptos 227.23, Transporte sanitario urgente;
227.24, Transporte sanitario programado; 227.25, Transporte sanitario en ambulancias
asistidas (UVI móvil), y 227.26, Otros transportes sanitarios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313461
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 56510/22
para programas específicos y necesidades estacionales; así como el subconcepto
149.70, Personal temporal no incluido en puestos de estructura.
g) El grupo formado por los créditos destinados a otro personal, prestaciones
sociales y retribuciones en especie que se compone, a nivel de sección y servicio, de los
artículos 14 (excepto el subconcepto 149.70, Personal temporal no incluido en puestos de
estructura); 16 (excepto el concepto 160, Cuotas sociales, y los subconceptos recogidos
en el párrafo j); los conceptos 122, Retribuciones en especie, y 139, Otro personal laboral.
h) El grupo formado por los créditos destinados a atender los gastos por productividad
del personal estatutario de sanidad en concepto de rendimiento profesional, a nivel
de sección y servicio de los subconceptos 150.60, CRP-Complemento rendimiento
profesional (personal sanidad), y 150.68, CRP-Complemento rendimiento profesional del
personal estatutario interino, eventual y sustituto.
i) El grupo formado por los créditos destinados a atender los otros gastos por productividad
del personal estatutario de sanidad, a nivel de sección y servicio de los subconceptos
150.61, Participación en programas especiales; 150.62, Productividad personal directivo
sanidad; 150.63, Productividad trasplantes (personal sanidad); 150.64, Desplazamientos por
razón del servicio (personal sanidad); 150.65, Productividad, factor exclusividad, personal
plantilla; 150.66, Productividad, factor exclusividad, personal estatutario interino, eventual y
sustituto; 150.67, Otras productividades del personal estatutario interino, eventual y sustituto,
y 150.69, Otras productividades (personal sanidad), y cualquier otra productividad del
personal estatutario que no se incluya en el párrafo anterior.
j) A nivel de sección y servicio, el grupo formado por los subconceptos 162.04 y
163.05, Seguros de vida y accidente; 162.11, Seguro diputados y diputadas, y 165.01,
Seguro de responsabilidad civil.
k) El grupo formado por los créditos para gastos por modificaciones retributivas y
revisiones salariales, a nivel de sección, servicio y concepto 170.
l) El grupo formado por los créditos para gastos por provisión de plazas, nuevos
devengos y obligaciones no previstas, que incluye los conceptos 171 y 172, a nivel de
sección, servicio y programa.
m) El grupo formado por los créditos destinados a las variaciones de la plantilla
presupuestaria, a nivel de sección, servicio y concepto 190, Incremento plantilla presupuestaria.
2. Para el capítulo II de la clasificación económica del estado de gastos, y en relación
con los créditos financiados con recursos propios, tendrán carácter específicamente
vinculante los siguientes créditos:
a) A nivel de sección, servicio y programa, el grupo formado por los subconceptos
226.02, Información, divulgación y publicidad; 226.12, Publicidad institucional, y 226.16,
Contratos de patrocinio institucional.
b) Asistencia sanitaria con medios ajenos, a nivel de sección, servicio, programa y
artículo 25.
c) El grupo formado por los créditos destinados a financiar el gasto de farmacia, a
nivel de sección, servicio y subconceptos 221.06, Productos farmacéuticos; 221.18,
Vacunas, y 221.20, Productos radiofármacos.
d) Energía eléctrica contratación centralizada, a nivel de sección, servicio, programa
y subconcepto 221.16.
e) Comunicaciones telefónicas contratación centralizada, a nivel de sección, servicio,
programa y subconcepto 222.16.
f) El grupo formado por los créditos destinados a financiar estudios y trabajos
técnicos, a nivel de sección, servicio, programa y subconceptos 227.06, Estudios y
trabajos técnicos, y 227.08, Estudios y trabajos técnicos del área TIC.
g) El grupo formado por los créditos destinados a financiar el transporte sanitario, a
nivel de sección, servicio, programa y subconceptos 227.23, Transporte sanitario urgente;
227.24, Transporte sanitario programado; 227.25, Transporte sanitario en ambulancias
asistidas (UVI móvil), y 227.26, Otros transportes sanitarios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313461
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía