5. Anuncios. . (2024/251-90)
Anuncio de 19 de diciembre de 2024, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la resolución de la Directora General de la delegación de competencias que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56331/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 19 de diciembre de 2024, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación
de Andalucía, por el que se da publicidad a la resolución de la Directora General
de la delegación de competencias que se cita.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de Administración de la Junta de Andalucía, y artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que exigen la publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía de la delegación de competencias, por el presente y para
general conocimiento, se dispone de la publicación de la resolución de 30 de septiembre
de 2024 cuyo tener literal a continuación se transcribe:

Autorizada su constitución por el artículo 28 de la Ley 1/1985, de 11 de febrero, del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 1985, la Agencia
de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (así denominada conforme a la disposición final
primera de la Ley 4/2013, de 1 de octubre, de medidas para asegurar el cumplimiento de
la función social de la vivienda), fue creada con la denominación de Empresa Pública de
Suelo de Andalucía por Decreto 262/1985, de 18 de diciembre, como Entidad de Derecho
Público de carácter empresarial al amparo de lo dispuesto en el artículo 6.1.b) de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente a
dicha fecha.
Tras la entrada en vigor de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía, y en cumplimiento de lo dispuesto en su disposición transitoria
única, por Decreto 217/2011, de 28 de junio, se configura la Empresa Pública de Suelo de
Andalucía como una Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b)
de la citada ley, siendo su régimen jurídico el previsto en el artículo 69.1 párrafo segundo
y su régimen patrimonial el indicado en el artículo 61, ambos de la citada ley.
Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los Estatutos vigentes de
la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía en cuyo artículo 14 establece las
atribuciones y facultades que competen a la Dirección General de la Agencia como
superior órgano ejecutivo de la misma. Entre estas funciones, el apartado 2.f) le atribuye
la de adquirir y enajenar bienes en nombre de la Agencia y realizar actos de disposición y
gravamen sobre los mismos.
Los Estatutos establecen entre su objeto en el artículo 4.a) la de llevar a cabo en
el territorio andaluz las tareas técnicas y económicas requeridas para el desarrollo de
la gestión urbanística y patrimonial en ejecución de los planes de urbanismo por parte
de la Comunidad Autónoma, mediante las actuaciones de promoción, preparación y
desarrollo de suelo urbanizado para fines residenciales, industriales, de equipamiento y
de servicios; en el apartado b) la promoción de edificaciones en ejecución de actuaciones
urbanísticas de la Agencia y, en particular, la ejecución de actuaciones que tengan por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313276

«RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA GENERAL DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y
REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA, POR LA QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS
EN MATERIA DE AUTORIZACIÓN DE APROVECHAMIENTOS TEMPORALES
SOBRE BIENES INMUEBLES EN LAS PERSONAS TITULARES DE LAS
DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA AGENCIA