3. Otras disposiciones. . (2024/250-34)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el presupuesto de la misma para el año 2025.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR,
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANEXO II yde
III la Junta de Andalucía
Boletín Oficial
Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024
página 56365/32
Hoja 32 de 68
ORGANISMO: UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
Para ello, una vez se solicite la inclusión en nómina de una retribución correspondiente a actividad
investigadora, se emitirá previamente informe por la OTRI o la OPI, para asegurar tanto su procedencia
como la verificación de los importes percibidos de acuerdo con el contrato firmado y con lo previsto en el
artículo 5º, Uno, a) y b). El Área de Recursos Humanos trimestralmente realizará informe de seguimiento
para el control de este tipo de retribuciones.
Artículo 38. Ejecución y justificación
Los investigadores principales o profesores que sean titulares de acciones a título individual con
financiación afectada de las actividades reguladas en este Capítulo, serán responsables de la adecuación al
fin de los gastos que propongan, realizando la parte contractual o convencional en que la Universidad
resulte obligada como consecuencia de su actuación, y de efectuar la justificación correspondiente de la
financiación recibida en la forma que reglamentariamente proceda.
Con el fin de poder proceder a una justificación de los proyectos/subvenciones/ayudas de una forma
óptima y eficiente, así como para asegurar el control de las mismas, el responsable de la actividad deberá
estar perfectamente coordinado con el área encargada de preparar la cuenta justificativa/justificación de la
misma, en función de la naturaleza de la actividad (Investigación, ORI, OTRI, OPI, Unidad de Control de
Subvenciones, etc.):
En los casos que proceda, el responsable de la actividad deberá solicitar la cuenta
justificativa/justificación ante al área encargada:
En el plazo máximo de 5 días una vez concluida la actividad objeto de la subvención/ayuda.
En el plazo mínimo de 30 días antes de la justificación parcial.
Todos los documentos de gasto correspondientes a la actividad deberán haber sido tramitados para su
contabilización con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de ejecución, y su pago, según
corresponda, dentro del período de ejecución o de justificación.
La Unidad de Control de Subvenciones (UCS) dará soporte y llevará el control de las distintas
subvenciones, ayudas, proyectos, etc., que requieren ser justificados ante el organismo financiador.
Asimismo, se pondrá en conocimiento de dicha Unidad cualquier información o requerimiento que se
reciba en relación con los expedientes de reintegro que afecten a las mismas y no hayan sido recibidas a
través del Registro General de la Universidad, al objeto de llevar un seguimiento sobre las actuaciones
que se lleven a cabo en relación a los mismos.
Todas las peticiones de documentación necesaria para aportar a las solicitudes de subvenciones
(Certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social, declaraciones responsables,
etc.), se deben dirigir a través de esta Unidad (controlsubvenciones@uco.es).
La UCS informará a la Gerencia de las distintas incidencias que se hayan detectado en el procedimiento
de ejecución/justificación.
CAPÍTULO 5
NORMAS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y PATRIMONIO
00313311
Artículo 39. Suministros.
Son contratos de suministros los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el
arrendamiento con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles (art.16 LCSP).
El gasto por este concepto se tramitará de la siguiente forma:
1. Aquellos cuya cuantía no exceda de 15.000 € IVA excluido (art.118.1 LCSP), no requerirán la
tramitación de expediente administrativo y serán tramitados de acuerdo con lo estipulado en el
Capítulo 6 de este Texto Articulado.
De acuerdo con la Ley General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere
las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector público para el contrato menor, o cuando la
orden de concesión de la subvención así lo establezca, el beneficiario deberá solicitar como mínimo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANEXO II yde
III la Junta de Andalucía
Boletín Oficial
Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024
página 56365/32
Hoja 32 de 68
ORGANISMO: UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
Para ello, una vez se solicite la inclusión en nómina de una retribución correspondiente a actividad
investigadora, se emitirá previamente informe por la OTRI o la OPI, para asegurar tanto su procedencia
como la verificación de los importes percibidos de acuerdo con el contrato firmado y con lo previsto en el
artículo 5º, Uno, a) y b). El Área de Recursos Humanos trimestralmente realizará informe de seguimiento
para el control de este tipo de retribuciones.
Artículo 38. Ejecución y justificación
Los investigadores principales o profesores que sean titulares de acciones a título individual con
financiación afectada de las actividades reguladas en este Capítulo, serán responsables de la adecuación al
fin de los gastos que propongan, realizando la parte contractual o convencional en que la Universidad
resulte obligada como consecuencia de su actuación, y de efectuar la justificación correspondiente de la
financiación recibida en la forma que reglamentariamente proceda.
Con el fin de poder proceder a una justificación de los proyectos/subvenciones/ayudas de una forma
óptima y eficiente, así como para asegurar el control de las mismas, el responsable de la actividad deberá
estar perfectamente coordinado con el área encargada de preparar la cuenta justificativa/justificación de la
misma, en función de la naturaleza de la actividad (Investigación, ORI, OTRI, OPI, Unidad de Control de
Subvenciones, etc.):
En los casos que proceda, el responsable de la actividad deberá solicitar la cuenta
justificativa/justificación ante al área encargada:
En el plazo máximo de 5 días una vez concluida la actividad objeto de la subvención/ayuda.
En el plazo mínimo de 30 días antes de la justificación parcial.
Todos los documentos de gasto correspondientes a la actividad deberán haber sido tramitados para su
contabilización con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de ejecución, y su pago, según
corresponda, dentro del período de ejecución o de justificación.
La Unidad de Control de Subvenciones (UCS) dará soporte y llevará el control de las distintas
subvenciones, ayudas, proyectos, etc., que requieren ser justificados ante el organismo financiador.
Asimismo, se pondrá en conocimiento de dicha Unidad cualquier información o requerimiento que se
reciba en relación con los expedientes de reintegro que afecten a las mismas y no hayan sido recibidas a
través del Registro General de la Universidad, al objeto de llevar un seguimiento sobre las actuaciones
que se lleven a cabo en relación a los mismos.
Todas las peticiones de documentación necesaria para aportar a las solicitudes de subvenciones
(Certificados de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social, declaraciones responsables,
etc.), se deben dirigir a través de esta Unidad (controlsubvenciones@uco.es).
La UCS informará a la Gerencia de las distintas incidencias que se hayan detectado en el procedimiento
de ejecución/justificación.
CAPÍTULO 5
NORMAS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y PATRIMONIO
00313311
Artículo 39. Suministros.
Son contratos de suministros los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el
arrendamiento con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles (art.16 LCSP).
El gasto por este concepto se tramitará de la siguiente forma:
1. Aquellos cuya cuantía no exceda de 15.000 € IVA excluido (art.118.1 LCSP), no requerirán la
tramitación de expediente administrativo y serán tramitados de acuerdo con lo estipulado en el
Capítulo 6 de este Texto Articulado.
De acuerdo con la Ley General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere
las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector público para el contrato menor, o cuando la
orden de concesión de la subvención así lo establezca, el beneficiario deberá solicitar como mínimo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja