3. Otras disposiciones. . (2024/250-27)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio por el que se regula la encomienda de gestión de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía a la Junta Central de Usuarios del Canal de la Cota 100, para la explotación, mantenimiento y conservación del Canal de la Cota 100 de la margen izquierda del Río Guadalfeo y sus infraestructuras complementarias (tt.mm. de Motril, Gualchos, Lújar, Rubite, Polopos, Sorvilán y Albuñol, provincia de Granada).
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Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024
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canal. La parte que no es derivada llega al depósito que se encuentra al final del canal,
desde donde se impulsa para alimentar la Tubería de la Contraviesa y atender las
necesidades del resto de usuarios. Pero cuando la demanda es reducida, debido a la
morfología «telescópica» del canal y a la presencia de estrangulamientos a lo largo de su
recorrido, parte del caudal debe ser desaguado a las ramblas por los aliviaderos previos
a las reducciones de sección para evitar desbordamientos incontrolados.
Por otra parte, en determinadas condiciones, se pueden producir desagües por
algunos aliviaderos al mismo tiempo que se deriva un caudal elevado en las últimas
tomas del canal. Cuando se dan estas circunstancias, y si no hay suficientes recursos
almacenados en las balsas de La Contraviesa y Las Estancias, puede ocurrir que el
caudal que llega al depósito de cola en Carchuna sea insuficiente para satisfacer las
necesidades de los usuarios de la Tubería de la Contraviesa.
Por tanto, es evidente que el sistema hidráulico compuesto por el Canal de la Cota 100
y sus infraestructuras complementarias es muy complejo, y que de su manejo adecuado
dependen tanto la satisfacción de las necesidades de los usuarios como la reducción de
las perdidas de agua.
La experiencia revela que en las circunstancias actuales, la explotación de las
infraestructuras por la Administración hidráulica no permite satisfacer las demandas de
los usuarios de la Tubería de la Contraviesa con una garantía adecuada, ni reducir las
pérdidas de agua por los aliviaderos del Canal de la Cota 100 a un nivel aceptable.
Sin embargo, es manifiesto que la Junta Central de Usuarios del Canal de la Cota
100 tiene capacidad para llevar a cabo la explotación de las infraestructuras hidráulicas
descritas con una mayor eficacia que la alcanzada por la Administración hidráulica. Las
evidencias que apuntan a ello son:
• La Junta Central de Ususarios tiene acceso completo a datos e información relativos
a las necesidades de agua de los usuarios y al uso que se hace de las infraestructuras,
que pueden servir para modular los caudales con que se alimenta el canal, incluyendo:
- Información general sobre los patrones de consumo de agua de los usuarios, tanto
en su evolución diaria como a lo largo del año.
Previsiones a corto plazo (días) sobre la evolución de la demanda a partir de
-
previsiones meteorológicas, previsiones de ocupación de alojamientos turísticos, etc.
- Datos en tiempo real de caudales derivados en cada punto de la red, del nivel de
agua en los depósitos y del caudal bombeado en las elevaciones.
• La Junta Central de Ususarios dispone de medios personales y técnicos para llevar
a cabo las labores de explotación, mantenimiento y conservación de las infraestructuras.
• La Junta Central de Ususarios cuenta con personal cualificado y medios técnicos
para desarrollar/emplear herramientas tecnológicas avanzadas (modelos matemáticos,
gemelos digitales,...) que permitan optimizar el manejo de las infraestructuras.
• Las comunidades de regantes integradas en la Junta Central de Ususarios cuentan
con estructuras de almacenamiento de agua propias, como el depósito elevado de Los
Lobos o la balsa elevada de Puntalón, y proyectan la construcción próximamente de
nuevas balsas de regulación. El manejo integrado de estos depósitos privados con las
infraestructuras de titularidad pública permitiría aumentar la capacidad de regulación y
aportaría una mayor flexibilidad al sistema.
Teniendo en consideración todas estas circunstancias se puede concluir que la Junta
Central de Usuarios del Canal de la Cota 100 podría prestar los servicios de explotación,
mantenimiento y conservación del Canal de la Cota 100 y sus obras complementarias
con mayor eficacia que la Administración hidráulica, alcanzando:
1. Una garantía adecuada en la satisfacción de las demandas de los usuarios titulares
de concesiones dependientes de la Tubería de la Contraviesa.
2. Una reducción significativa de las pérdidas de agua por los aliviaderos del Canal de
la Cota 100, con el consiguiente ahorro de recursos y mayor eficiencia en el uso del agua.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313192
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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canal. La parte que no es derivada llega al depósito que se encuentra al final del canal,
desde donde se impulsa para alimentar la Tubería de la Contraviesa y atender las
necesidades del resto de usuarios. Pero cuando la demanda es reducida, debido a la
morfología «telescópica» del canal y a la presencia de estrangulamientos a lo largo de su
recorrido, parte del caudal debe ser desaguado a las ramblas por los aliviaderos previos
a las reducciones de sección para evitar desbordamientos incontrolados.
Por otra parte, en determinadas condiciones, se pueden producir desagües por
algunos aliviaderos al mismo tiempo que se deriva un caudal elevado en las últimas
tomas del canal. Cuando se dan estas circunstancias, y si no hay suficientes recursos
almacenados en las balsas de La Contraviesa y Las Estancias, puede ocurrir que el
caudal que llega al depósito de cola en Carchuna sea insuficiente para satisfacer las
necesidades de los usuarios de la Tubería de la Contraviesa.
Por tanto, es evidente que el sistema hidráulico compuesto por el Canal de la Cota 100
y sus infraestructuras complementarias es muy complejo, y que de su manejo adecuado
dependen tanto la satisfacción de las necesidades de los usuarios como la reducción de
las perdidas de agua.
La experiencia revela que en las circunstancias actuales, la explotación de las
infraestructuras por la Administración hidráulica no permite satisfacer las demandas de
los usuarios de la Tubería de la Contraviesa con una garantía adecuada, ni reducir las
pérdidas de agua por los aliviaderos del Canal de la Cota 100 a un nivel aceptable.
Sin embargo, es manifiesto que la Junta Central de Usuarios del Canal de la Cota
100 tiene capacidad para llevar a cabo la explotación de las infraestructuras hidráulicas
descritas con una mayor eficacia que la alcanzada por la Administración hidráulica. Las
evidencias que apuntan a ello son:
• La Junta Central de Ususarios tiene acceso completo a datos e información relativos
a las necesidades de agua de los usuarios y al uso que se hace de las infraestructuras,
que pueden servir para modular los caudales con que se alimenta el canal, incluyendo:
- Información general sobre los patrones de consumo de agua de los usuarios, tanto
en su evolución diaria como a lo largo del año.
Previsiones a corto plazo (días) sobre la evolución de la demanda a partir de
-
previsiones meteorológicas, previsiones de ocupación de alojamientos turísticos, etc.
- Datos en tiempo real de caudales derivados en cada punto de la red, del nivel de
agua en los depósitos y del caudal bombeado en las elevaciones.
• La Junta Central de Ususarios dispone de medios personales y técnicos para llevar
a cabo las labores de explotación, mantenimiento y conservación de las infraestructuras.
• La Junta Central de Ususarios cuenta con personal cualificado y medios técnicos
para desarrollar/emplear herramientas tecnológicas avanzadas (modelos matemáticos,
gemelos digitales,...) que permitan optimizar el manejo de las infraestructuras.
• Las comunidades de regantes integradas en la Junta Central de Ususarios cuentan
con estructuras de almacenamiento de agua propias, como el depósito elevado de Los
Lobos o la balsa elevada de Puntalón, y proyectan la construcción próximamente de
nuevas balsas de regulación. El manejo integrado de estos depósitos privados con las
infraestructuras de titularidad pública permitiría aumentar la capacidad de regulación y
aportaría una mayor flexibilidad al sistema.
Teniendo en consideración todas estas circunstancias se puede concluir que la Junta
Central de Usuarios del Canal de la Cota 100 podría prestar los servicios de explotación,
mantenimiento y conservación del Canal de la Cota 100 y sus obras complementarias
con mayor eficacia que la Administración hidráulica, alcanzando:
1. Una garantía adecuada en la satisfacción de las demandas de los usuarios titulares
de concesiones dependientes de la Tubería de la Contraviesa.
2. Una reducción significativa de las pérdidas de agua por los aliviaderos del Canal de
la Cota 100, con el consiguiente ahorro de recursos y mayor eficiencia en el uso del agua.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313192
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía