3. Otras disposiciones. . (2024/247-62)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, por la que se declara la utilidad pública en concreto de la línea de evacuación y centro de seccionamiento para nueve instalaciones de producción de energía eléctrica fotovoltaica. (PP. 10130/2024).
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Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024

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Quinto. Durante el período de información pública se han formulado alegaciones por
parte de los siguientes afectados:
1.º Con fecha 15 de enero de 2024, don Rafael Martínez Peláez y doña Florentina
Anghel Stefan presentan alegaciones en las que, en síntesis, ponen de manifiesto que la
finca de su propiedad afectada por la línea no es viña de secano, sino la vivienda habitual
de su familia y la línea y la torre de apoyo T11 está al lado, pasando por encima de la
casa, lo que les preocupa por los posibles efectos adversos para su salud. Por otro lado,
el uso de la finca es ganadero y les preocupa también el impacto sobre la salud de los
animales. Por último proponen como alternativa que se conecte desde el punto T3 y T6
hasta el T17 en línea recta.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria, ésta remite
contestación con fecha 8 de marzo de 2024, en la que manifiesta, en resumen, que
por lo que respecta a la distancia de la línea, la posición más desviada del conector
se encuentra a 47,07 metros de la edificación de la finca de los alegantes y el punto de
apoyo más próximo está a una distancia de 61,06 metros, por lo tanto no se produce
ninguna vulneración de las distancias mínimas exigibles conforme a la normativa vigente,
que establece una distancia mínima entre la servidumbre de la línea y las edificaciones
de 5 metros. En cuanto al trazado de la línea, el diseño elegido es producto de un análisis
exhaustivo, técnico y medioambiental, siendo la solución óptima de entre las distintas
alternativas que se plantearon y fue autorizada por la administración ambiental, siendo
además el de más corto recorrido. No obstante, apuntan su disponibilidad para llegar a
un acuerdo con los alegantes en cualquier momento de la tramitación.
2.º Con fecha 22 de enero de 2024, doña Eva María Sánchez Alcántara presenta
alegaciones en las que, en síntesis, pone de manifiesto que no conoce los datos de
afección ni del expediente en la carta recibida de la beneficiaria, que hay errores en la
publicación porque la parcela 40 del polígono 12 es de su propiedad y aparece a nombre
de otras personas, y que ya tienen en su finca otro poste y la atraviesa otra línea, habiendo
más fincas se deberían repartir los perjuicios, por lo que solicita que se revise la línea y
se vuelva a trazar perjudicando a otros vecinos en fincas que no estén en producción.
Habiendo dado traslado de las alegaciones a la entidad beneficiaria, ésta remite
contestación con fecha 8 de marzo de 2024, en la que manifiesta, en resumen, que ya
se ha advertido el error de la afección de la parcela 40 y se le ha mandado carta con
los nuevos datos de afección y propuesta para llegar a un acuerdo en esa parcela. En
cuanto a la afección anterior de la finca entiende que se refiere a la línea LAT 66 kV
SET Chucena CECSA- SET Blanca Paloma CECSA con la que las distancias entre
líneas y con el apoyo actual son siempre superiores a 78 metros, no suponiendo, por
tanto, vulneración de las distancias mínimas exigidas en la normativa vigente. En cuanto
al trazado de la línea, el diseño elegido es producto de un análisis exhaustivo, técnico
y medioambiental, siendo la solución óptima de entre las distintas alternativas que se
plantearon y fue autorizada por la administración ambiental, siendo además el de más
corto recorrido. Las líneas discurren paralelas como está indicado por la normativa para
causar el menor impacto posible, ya que discurrir paralelo a otras instalaciones eléctricas
y por tanto por los pasillos creados por éstas es un exigencia normativa y regulatoria que
minimiza las afecciones de la nueva instalación. No obstante, apuntan su disponibilidad
para llegar a un acuerdo con el alegante en cualquier momento de la tramitación.
3.º Con fecha 23 de enero de 2024, don Antonio Jesús Camacho Rojas presenta
alegaciones en las que, en síntesis, pone de manifiesto que la carta que comunica la
afección de la línea va dirigida a Antonio Camacho Martín que es su padre fallecido el
año pasado y que en testamento se adjudica en herencia esta finca al alegante. Por otro
lado, manifiesta que la finca ya está afectada por otro tendido eléctrico, la LAT 66 kV SET
Chucena CECSA- SET Blanca Paloma CECSA por el que se ha tenido que arrancar 100
cepas en producción con la pérdida del cultivo para siempre. Por último, considera injusto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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