Autoridades y personal. . (2024/247-58)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de profesorado ayudante doctor.
44 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024
página 56084/4
acreditación en tiempo y forma de ningún mérito en la referida plataforma supondrá la
exclusión definitiva del aspirante. Asimismo, la acreditación de los méritos en la plataforma
no supondrá la sustitución del trámite en tiempo y forma del pago de los derechos ni
de presentación de la solicitud de participación. Será responsabilidad de los candidatos,
cualquier incidencia que se produzca en el proceso de introducción y tratamiento de los
datos que desee aportar en el proceso.
Las Comisiones podrán excluir de la baremación un mérito que se alegue en dos
apartados distintos del baremo, no valorando aquéllos que se aleguen en apartados que
no correspondan.
Conforme a lo dispuesto en la actualización de la normativa de contratación y del
baremo establecido para la figura de Profesorado Ayudante Doctor para adaptar el
mérito preferente a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
aprobada por Acuerdo 6.6 de Consejo de Gobierno de 26-9-2024, la acreditación vigente
de Profesor Ayudante Doctor se considerará como mérito preferente durante los cuatro
años posteriores a la aprobación de la mencionada LOSU. Asimismo, tendrán dicha
consideración de mérito preferente las acreditaciones a cuerpos docentes universitarios,
a Profesor Contratado Doctor y a Profesor Permanente Laboral. Dichas acreditaciones
deberán hacerse constar en el CVN.
Según la normativa, el umbral mínimo para poder ser propuesto para la adjudicación
de una plaza de Profesor Ayudante Doctor se establece en 40 puntos. De conformidad
con lo dispuesto en la Resolución Rectoral de 24 marzo de 2021, por la que se emite una
interpretación sobre la determinación del umbral mínimo aplicable en los procedimientos
selectivos para plazas de profesores ayudantes doctores, profesores asociados y
profesores interinos, debe interpretarse que el establecimiento de umbrales mínimos
que se hace en el artículo 12 de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de
Profesorado Ayudante Doctor, Profesorado Asociado y Profesorado Interino en relación
con la regla de saturación que se recoge en el apartado 2 de las Consideraciones
Generales del Baremo de contratación de Profesorado Ayudante Doctor, Profesorado
Asociado y Profesorado Interino implica que su determinación tiene que realizarse
tomando en consideración exclusivamente los méritos individuales de cada candidato, sin
perjuicio de que una vez determinados estos umbrales mínimos se pueda aplicar, según
proceda, a determinados subapartados de los méritos de los candidatos las mencionadas
reglas de saturación. En estos casos, tanto el resultado final del procedimiento selectivo,
como la posición en la que puedan quedar las distintas personas que se presenten, será
la que resulte de la aplicación de la regla de saturación cuando sea procedente.
3.5. Los candidatos depositarán obligatoriamente su curriculum vitae normalizado
(CVN) en la plataforma bareprof habilitada al efecto y cuya dirección es la siguiente:
https://bareprof.us.es El curriculum se cumplimenta con el editor CVN de la Fundación
Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), y siguiendo las instrucciones
publicadas en la siguiente dirección: https://cnv.fecyt.es/editor en la Guía de Ayuda al
Candidato que puede consultarse en la plataforma bareprof y en la siguiente dirección:
https://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público – Profesor Ayudante Doctor LOSU El
CVN se deposita en el campo habilitado al efecto en el apartado de la aplicación bareprof:
«Requisitos de admisión». La lectura de los méritos por bareprof se realiza conforme a
las instrucciones publicadas en dicha aplicación en la Guía de Ayuda al Candidato. El
no depósito en tiempo y forma del CVN en la referida plataforma bareprof, supondrá la
exclusión definitiva del aspirante.
Los candidatos deberán introducir en la aplicación bareprof la documentación
acreditativa de cada uno de sus méritos del CVN que permita su validación por las
Comisiones, atendiendo a las instrucciones de la Guía de Ayuda al Candidato publicadas
en la citada aplicación y en https://docentes.us.es
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313030
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 56084/4
acreditación en tiempo y forma de ningún mérito en la referida plataforma supondrá la
exclusión definitiva del aspirante. Asimismo, la acreditación de los méritos en la plataforma
no supondrá la sustitución del trámite en tiempo y forma del pago de los derechos ni
de presentación de la solicitud de participación. Será responsabilidad de los candidatos,
cualquier incidencia que se produzca en el proceso de introducción y tratamiento de los
datos que desee aportar en el proceso.
Las Comisiones podrán excluir de la baremación un mérito que se alegue en dos
apartados distintos del baremo, no valorando aquéllos que se aleguen en apartados que
no correspondan.
Conforme a lo dispuesto en la actualización de la normativa de contratación y del
baremo establecido para la figura de Profesorado Ayudante Doctor para adaptar el
mérito preferente a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
aprobada por Acuerdo 6.6 de Consejo de Gobierno de 26-9-2024, la acreditación vigente
de Profesor Ayudante Doctor se considerará como mérito preferente durante los cuatro
años posteriores a la aprobación de la mencionada LOSU. Asimismo, tendrán dicha
consideración de mérito preferente las acreditaciones a cuerpos docentes universitarios,
a Profesor Contratado Doctor y a Profesor Permanente Laboral. Dichas acreditaciones
deberán hacerse constar en el CVN.
Según la normativa, el umbral mínimo para poder ser propuesto para la adjudicación
de una plaza de Profesor Ayudante Doctor se establece en 40 puntos. De conformidad
con lo dispuesto en la Resolución Rectoral de 24 marzo de 2021, por la que se emite una
interpretación sobre la determinación del umbral mínimo aplicable en los procedimientos
selectivos para plazas de profesores ayudantes doctores, profesores asociados y
profesores interinos, debe interpretarse que el establecimiento de umbrales mínimos
que se hace en el artículo 12 de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de
Profesorado Ayudante Doctor, Profesorado Asociado y Profesorado Interino en relación
con la regla de saturación que se recoge en el apartado 2 de las Consideraciones
Generales del Baremo de contratación de Profesorado Ayudante Doctor, Profesorado
Asociado y Profesorado Interino implica que su determinación tiene que realizarse
tomando en consideración exclusivamente los méritos individuales de cada candidato, sin
perjuicio de que una vez determinados estos umbrales mínimos se pueda aplicar, según
proceda, a determinados subapartados de los méritos de los candidatos las mencionadas
reglas de saturación. En estos casos, tanto el resultado final del procedimiento selectivo,
como la posición en la que puedan quedar las distintas personas que se presenten, será
la que resulte de la aplicación de la regla de saturación cuando sea procedente.
3.5. Los candidatos depositarán obligatoriamente su curriculum vitae normalizado
(CVN) en la plataforma bareprof habilitada al efecto y cuya dirección es la siguiente:
https://bareprof.us.es El curriculum se cumplimenta con el editor CVN de la Fundación
Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), y siguiendo las instrucciones
publicadas en la siguiente dirección: https://cnv.fecyt.es/editor en la Guía de Ayuda al
Candidato que puede consultarse en la plataforma bareprof y en la siguiente dirección:
https://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público – Profesor Ayudante Doctor LOSU El
CVN se deposita en el campo habilitado al efecto en el apartado de la aplicación bareprof:
«Requisitos de admisión». La lectura de los méritos por bareprof se realiza conforme a
las instrucciones publicadas en dicha aplicación en la Guía de Ayuda al Candidato. El
no depósito en tiempo y forma del CVN en la referida plataforma bareprof, supondrá la
exclusión definitiva del aspirante.
Los candidatos deberán introducir en la aplicación bareprof la documentación
acreditativa de cada uno de sus méritos del CVN que permita su validación por las
Comisiones, atendiendo a las instrucciones de la Guía de Ayuda al Candidato publicadas
en la citada aplicación y en https://docentes.us.es
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313030
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía