5. Anuncios. . (2024/247-93)
Anuncio de 11 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la CTOTU, por el que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 35 del PGOU, en el ámbito del Sector IC-3 de Vera (Almería).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024

página 55669/15

de Detalle sobre el solar a edificar, que garantice la compatibilidad arquitectónica y
urbanística con el entorno.
Las condiciones de aprovechamiento de una parcela de uso Equipamiento (Parcela
mínima, Ocupación, Volumen máximo edificable, núm. máximo de plantas, Retranqueo
a alineación oficial y Separación a linderos) serán las de la Ordenanza en la que se
encuentre incluida, salvo excepciones motivadas derivadas de la legislación específica o
de la singularidad del edificio por causa del uso al que se destina.
Se admitirá la compatibilidad de uso hotelero, cuando el equipamiento propuesto
requiera alojamientos temporales. Asimismo, se admitirá la compatibilidad del uso
de vivienda, cuando ésta tenga como destino el alojamiento indefinido de personal de
mantenimiento, control y conservación del equipamiento. Las citadas compatibilidades de
uso deberán contar con la expresa autorización municipal.
4.2.4. Ordenanza aplicable al SNU Natural o Rural.
Para aquellas superfies de suelo del antiguo ámbito del Sector IC-3, que como
resultado de la presente Modificación puntual núm. 35 del PGOU de Vera, le son de
aplicación la categoría NU-3, Suelo No Urbanizable Natural o Rural, del vigente Plan
General de Ordenación Urbanística de Vera (por adaptación de las NN.SS. a la LOUA),
aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno Municipal adoptado el día 27 de
noviembre de 2008, O.P. de Almería núm. 25, de fecha 6 de febrero de 2009, y núm. 29,
de fecha 12 de febrero de 2009), se estará a lo previsto para estos suelos en las Normas
Urbanísticas del PGOU de Vera, y la legislación urbanística aplicable.

00312616

5. Disposición derogatoria.
A la entrada en vigor de la presente Modificación Puntual núm. 35 del PGOU de
Vera, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se deroga la
Modificación Puntual núm. 41 de las NN.SS. de Vera, para la clasificación del Sector IC-3,
aprobada en virtud de Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo de Almería, dictada en sesión celebrada el día 16 de junio de 2010 (BOJA
núm. 209, de 26 de octubre 2010).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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