Disposiciones generales. . (2024/246-4)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 20 de diciembre de 2024

página 55881/8

k) Por la adecuación del presupuesto al proyecto, hasta 3 puntos.
l) Por la presentación de estrategias para asegurar una industria más sostenible y
respetuosa con el medio ambiente, hasta 2 puntos.
m) Por tener en plantilla o incorporar al proyecto, al menos por 6 meses, durante el
periodo que va desde el inicio de la preproducción hasta el estreno del proyecto, como
mínimo una persona trabajadora con discapacidad con un grado igual o superior al treinta
y tres por ciento reconocido por el Organismo competente, por encima de las exigencias
establecidas en el art. 42 del Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, hasta 1
punto.
No podrán alcanzar la condición de beneficiario provisional o suplente aquellos
proyectos que no hayan alcanzado al menos el 65% de la puntuación máxima otorgable
con independencia de la línea de subvención a la que concurran.

LÍNEAS 1 Y 2.
(*De uso obligatorio/**De uso recomendado).
- Modelo de Memoria explicativa*.
- Modelo Sinopsis*.
- Modelo Presupuesto y modelo Plan de Financiación*.
- Modelo Presupuesto y modelo Plan de Financiación Largometrajes de Animación*.
- Memoria acreditativa festivales largometrajes*.
- Modelo de Ficha Técnica y Artística*.
-
CV de las personas que ejerzan las funciones de dirección, guionización y
producción ejecutiva*.
- Modelo Carta de interés**.
-
Modelo Calendario de Producción y Plan de Trabajo* (podrá entregarse
documentación adicional junto a este modelo, si se considera necesario).
- Memoria estrategias de sostenibilidad, en su caso*.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312827

Quinto. Forma, medios y plazo de presentación de las solicitudes.
5.1. De conformidad con la disposición adicional segunda de la Orden de 11 de mayo
de 2022 (BOJA núm. 96, de 23 de mayo), se aprueban el formulario de solicitud (Anexo I),
el formulario para efectuar alegaciones, llevar a cabo la aceptación de la subvención
propuesta y presentar documentación (Anexo II) de cada una de las líneas reguladas en
la citada Orden, que se publican con la presente convocatoria.
Asimismo, dichos Anexos I y II correspondientes a cada una de las líneas convocadas
podrán obtenerse para su debida cumplimentación en el Catálogo de procedimientos y
servicios de la Administración de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25032.html
así como en la página web de la Agencia en la dirección electrónica
https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector.html
5.2. Las solicitudes (Anexo I) dirigidas a la persona titular de la Dirección de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales, se presentarán debidamente cumplimentadas por
las personas interesadas o aquellas que ejerzan la representación legal, debiendo quedar
acreditada dicha representación por cualquier medio válido en Derecho.
Junto a las solicitudes deberá aportarse la documentación relativa al proyecto para el
que se solicita la subvención que se refiere en el artículo 12.2 de las bases reguladoras.
A este fin y en aras a facilitar a los interesados su aportación, la Dirección de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales aprueba mediante la presente resolución los
modelos de documentos que se relacionan a continuación, siendo la aportación de los
mismos de carácter obligatorio o recomendado conforme a la reseña que aparece en
cada uno de ellos. (*De uso obligatorio/**De uso recomendado).
Los modelos de documentos referidos en el párrafo precedente son para cada una de
las Líneas: