Disposiciones generales. . (2024/246-3)
Orden de 14 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de los Servicios Sociales para los años 2025, 2026 y 2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 20 de diciembre de 2024

página 55904/24

El Ministerio Fiscal es la Institución encargada de velar por la salvaguarda de los derechos de las personas
pertenecientes a colectivos de especial vulnerabilidad (menores, personas mayores, mujeres víctimas de
violencia de género, personas con discapacidad, entre otros), de ahí la importancia de establecer cauces de
comunicación estables y fluidos para aquellos casos en los que se requiera una actuación conjunta, o sea
necesaria la puesta en conocimiento de información.
La L6 se concretará en las siguientes actuaciones previstas, detallándose en cada una de ellas los
indicadores de evaluación:

OBO 6.1 Fomentar las alianzas de coordinación y cooperación.

- A 6.1.1 Colaboraciones con otras Inspecciones
- A 6.1.2 Alianzas con el Ministerio Fiscal.
- A 6.1.3 Cooperación con los órganos directivos y las entidades instrumentales de la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
- A 6.1.4. Coordinación con otras unidades administrativas.

10. INDICADORES DE EVALUACIÓN.
En el Anexo III aparecen recogidos los indicadores mínimos que servirán para evaluar la consecución de los
objetivos establecidos.
Además de los anteriores se establecerán indicadores genéricos a fin de obtener datos globales respecto a
la ocupación de plazas de los centros, personas entrevistadas y personas trabajadoras. Cada uno de estos
indicadores aparecerá desagregado por género.

11. PROPUESTAS.

En el caso de que el personal inspector, en el ejercicio de sus funciones, comprobara la existencia de
infracciones o apreciase una situación de riesgo inminente de daños o perjuicios graves para las personas

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312850

Las actuaciones inspectoras concluirán con la emisión de un informe, en el que se podrán incluir las
propuestas de subsanación y mejoras que se consideran oportunas a la vista de los incumplimientos o áreas
de mejora detectados en los centros, servicios o prestaciones, y que podrán ser entre otras, las siguientes:
- Incluir el centro o servicio en futuros planes de inspección
- Realizar nueva visita en un plazo determinado
- Remitir escrito de requerimiento o subsanación
- Informar al órgano o servicio correspondiente
- Adoptar las medidas cautelares que procedan
- Dar traslado de las actuaciones habidas al Ministerio Fiscal
- Cualquier otra que resulte procedente