Disposiciones generales. . (2024/245-3)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se incrementa el importe del crédito inicialmente destinado al Programa de Garantía Vivienda Joven de la Junta de Andalucía, se distribuye entre las entidades financieras colaboradoras que lo han solicitado.
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normativa de aplicación
RESUELVO
Primero. Incrementar el importe inicialmente destinado a la concesión de garantías del Programa Garantía
Boletín
Oficial
Vivienda Joven en veinticinco millones de euros
(25.000.000
€). de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
Segundo. Distribuir las disponibilidades financieras del Programa Garantía Viviendapágina
Joven,55880/4
conforme se indica a continuación, que al sumarlas a las cantidades de las que actualmente disponen las entidades financieras, resultan las siguientes asignaciones totales:
Entidad financiera
Pdte. Ejecución a 05/12/24
Incremento Crédito 2024
Total Asignado
Caja Rural de Granada
73.123,93 €
2.589.132,00 €
2.662.255,93 €
Cajasur Banco SA
666.082,51 €
2.000.628,00 €
2.666.710,51 €
Caixabank SA
248.468,06 €
4.840.608,00 €
5.089.076,06 €
Unicaja Banco SA
5.096,67 €
4.094.803,00 €
4.099.899,67 €
Ibercaja Banco SA
4.067,91 €
170.000,00 €
174.067,91 €
Caja R del Sur, SCC
131.848,16 €
6.567.702,00 €
6.699.550,16 €
Cajamar Caja Rural, SCC
1.021,72 €
4.194.913,00 €
4.195.934,72 €
Banco de Santander SA
226.852,36 €
420.603,00 €
647.455,36 €
TOTAL RESULTADO
1.356.561,32 €
24.878.389,00 €
26.234.950,32 €
Quedando
un saldo€ en
de la
121.612
cuenta
de la línea
«Andalucía,
Financiación
Quedando un
saldo de 121.612
cuenta€deenlalalínea
«Andalucía,
Financiación
Empresarial»
a la cuenta
Empresarial»
a
la
cuenta
de
la
sublínea
«Instrumento
financiero
Garantía
Vivienda
de la sublínea «Instrumento financiero Garantía Vivienda Andalucía», para su distribución posterior.
Andalucía», para su distribución posterior.
Tercero. El incremento del importe de crédito destinado al Programa tendrá efectos desde el día en que se
Tercero. El incremento del importe de crédito destinado al Programa tendrá efectos
dicte la presente
Ladicte
nueva
otorgada aLacada
unaasignación
de las entidades
financieras
desde el Resolución.
día en que se
la asignación
presente resolución.
nueva
otorgada
a cada que lo
han solicitado,
producirá
sus
efectos
desde
la
fecha
en
que
se
formalicen
las
correspondientes
a
una de las entidades financieras que lo han solicitado, producirá sus efectos desde adendas
la
los citados
convenios.
fecha
en que se formalicen las correspondientes adendas a los citados convenios.
Contraresolución
la presenteque
resolución,
queadministrativa,
agota la vía administrativa,
puede
presentar
recursode repoContra la presente
agota la vía
puede presentar
recurso
potestativo
potestativo
de
reposición
ante
la
Secretaría
General
de
Vivienda
en
el
plazo
de
sición ante la Secretaría General de Vivienda en el plazo de un mes a partir del día siguienteunalmes
de la recepa partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, o interponer directamente
ción de su notificación, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo
recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a conTribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el
tar desdedía
el siguiente
día siguiente
su notificación,
de conformidad
lo dispuesto
los artículos
al dealsudenotificación,
de conformidad
con locon
dispuesto
en los en
artículos
10.1.a)10.1.a) y
46.1, respectivamente,
de
la
Ley
29/1998,
de
13
de
julio,
reguladora
de
la
Jurisdicción
Contencioso-adminisy 46.1, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
trativa. Contencioso-Administrativa.
Sevilla, en la fecha de la firma electrónica
Sevilla, 5 de diciembre de 2024.- La Secretaria General, Alicia Martínez Martín.
LA SECRETARIA GENERAL DE VIVIENDA
00312826
Fdo.- Alicia Martínez Martín
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
RESUELVO
Primero. Incrementar el importe inicialmente destinado a la concesión de garantías del Programa Garantía
Boletín
Oficial
Vivienda Joven en veinticinco millones de euros
(25.000.000
€). de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
Segundo. Distribuir las disponibilidades financieras del Programa Garantía Viviendapágina
Joven,55880/4
conforme se indica a continuación, que al sumarlas a las cantidades de las que actualmente disponen las entidades financieras, resultan las siguientes asignaciones totales:
Entidad financiera
Pdte. Ejecución a 05/12/24
Incremento Crédito 2024
Total Asignado
Caja Rural de Granada
73.123,93 €
2.589.132,00 €
2.662.255,93 €
Cajasur Banco SA
666.082,51 €
2.000.628,00 €
2.666.710,51 €
Caixabank SA
248.468,06 €
4.840.608,00 €
5.089.076,06 €
Unicaja Banco SA
5.096,67 €
4.094.803,00 €
4.099.899,67 €
Ibercaja Banco SA
4.067,91 €
170.000,00 €
174.067,91 €
Caja R del Sur, SCC
131.848,16 €
6.567.702,00 €
6.699.550,16 €
Cajamar Caja Rural, SCC
1.021,72 €
4.194.913,00 €
4.195.934,72 €
Banco de Santander SA
226.852,36 €
420.603,00 €
647.455,36 €
TOTAL RESULTADO
1.356.561,32 €
24.878.389,00 €
26.234.950,32 €
Quedando
un saldo€ en
de la
121.612
cuenta
de la línea
«Andalucía,
Financiación
Quedando un
saldo de 121.612
cuenta€deenlalalínea
«Andalucía,
Financiación
Empresarial»
a la cuenta
Empresarial»
a
la
cuenta
de
la
sublínea
«Instrumento
financiero
Garantía
Vivienda
de la sublínea «Instrumento financiero Garantía Vivienda Andalucía», para su distribución posterior.
Andalucía», para su distribución posterior.
Tercero. El incremento del importe de crédito destinado al Programa tendrá efectos desde el día en que se
Tercero. El incremento del importe de crédito destinado al Programa tendrá efectos
dicte la presente
Ladicte
nueva
otorgada aLacada
unaasignación
de las entidades
financieras
desde el Resolución.
día en que se
la asignación
presente resolución.
nueva
otorgada
a cada que lo
han solicitado,
producirá
sus
efectos
desde
la
fecha
en
que
se
formalicen
las
correspondientes
a
una de las entidades financieras que lo han solicitado, producirá sus efectos desde adendas
la
los citados
convenios.
fecha
en que se formalicen las correspondientes adendas a los citados convenios.
Contraresolución
la presenteque
resolución,
queadministrativa,
agota la vía administrativa,
puede
presentar
recursode repoContra la presente
agota la vía
puede presentar
recurso
potestativo
potestativo
de
reposición
ante
la
Secretaría
General
de
Vivienda
en
el
plazo
de
sición ante la Secretaría General de Vivienda en el plazo de un mes a partir del día siguienteunalmes
de la recepa partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, o interponer directamente
ción de su notificación, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo
recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a conTribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el
tar desdedía
el siguiente
día siguiente
su notificación,
de conformidad
lo dispuesto
los artículos
al dealsudenotificación,
de conformidad
con locon
dispuesto
en los en
artículos
10.1.a)10.1.a) y
46.1, respectivamente,
de
la
Ley
29/1998,
de
13
de
julio,
reguladora
de
la
Jurisdicción
Contencioso-adminisy 46.1, respectivamente, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
trativa. Contencioso-Administrativa.
Sevilla, en la fecha de la firma electrónica
Sevilla, 5 de diciembre de 2024.- La Secretaria General, Alicia Martínez Martín.
LA SECRETARIA GENERAL DE VIVIENDA
00312826
Fdo.- Alicia Martínez Martín
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja