Autoridades y personal. . (2024/245-31)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se establece el procedimiento a seguir en la implementación de la formación dual de las ofertas de grado C y la documentación preceptiva a incorporar en el seguimiento de las acciones formativas vinculadas a ofertas de formación profesional de grado A, acreditaciones parciales de competencia, grado B, certificados de competencias, y grado C, certificados profesionales, desarrolladas en su ámbito de gestión.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024

página 55889/7

4. La Delegación Territorial competente para el seguimiento de la acción formativa
deberá, igualmente, realizar el seguimiento de este periodo de formación en empresa y
el titular de la misma deberá certificar las horas de formación en empresa y resultados
obtenidos, conforme al modelo que se establezca, al objeto de que el alumno o alumna
pueda solicitar el correspondiente certificado profesional.
Séptimo. Modelos de documentos.
Todos los modelos que se citan en la presente resolución serán objeto de publicación
en la web de la Dirección General competente en materia de formación profesional para
el empleo, en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/
formacion-empleo/empresa-entidad-fpe/paginas/implementacion-formacion-dual.html
Octavo. Efectos.
1. La presente resolución surtirá efectos para todas aquellas acciones formativas que
se inicien a partir del 1 de enero de 2025, teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 1
del resuelve segundo, sobre formación dual en los grados C.
A estos efectos se considerará como inicio de la acción formativa el día de
presentación de la comunicación de inicio de la misma. No obstante, el alumnado que
inicie el periodo de formación en empresa o módulo de prácticas, a partir del 1 de enero
de 2025, con independencia de la fecha de inicio de la acción formativa, deberá contar
con la formación en prevención de riesgos laborales.
2. Lo establecido en el resuelve sexto sobre la programación de los grados B que
completen un grado C, será de aplicación desde el día siguiente a la publicación de esta
resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00312835

Sevilla, 12 de diciembre de 2024.- La Directora General, María Eva Melero Torres.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja