3. Otras disposiciones. . (2024/245-41)
Acuerdo de 16 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se presta conformidad para que Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, actúe como Medio propio personificado de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entes instrumentales públicos vinculados o dependientes de ella.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
página 55984/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
El artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva
sobre el régimen jurídico de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones
en Andalucía.
El artículo 11 del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, en relación con el artículo 8.1 del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación, atribuye a la misma las competencias en materia de emprendimiento.
Asimismo, y de acuerdo con los artículos 2.3.g) y 8.2 del citado Decreto 158/2022,
de 9 de agosto, «Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza» queda adscrita a la
Dirección General de Fomento del Emprendimiento y la Formación Continua.
«Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza» (antes «Fundación Andaluza de
Escuela de Empresas») fue autorizada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta
de Andalucía de 14 de septiembre de 1999 (BOJA número 120, de 16 de octubre de
1999), configurándose como un ente instrumental privado perteneciente al sector público
andaluz, de conformidad con lo establecido el artículo 52.1.b) y 3 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo
78 de la citada norma, según la cual el régimen jurídico de las fundaciones del sector
público andaluz será el previsto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma Andaluza.
La Fundación tiene por objeto, según lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos,
cuya modificación fue acordada por el Patronato de 19 de diciembre de 2023, con
carácter general, el fomento de la iniciativa emprendedora y de la actividad empresarial,
del empleo, la innovación, el conocimiento, la formación y cuantas actuaciones públicas
contribuyan a favorecer el desarrollo económico y empresarial de Andalucía. Igualmente,
en dicha modificación se añadió un artículo 2 bis donde se establece que «Andalucía
Emprende, Fundación Pública Andaluza» tendrá la consideración de servicio técnico y
Medio propio personificado de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entes
instrumentales públicos vinculados o dependientes de ella.
El artículo 32.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, señala que
los poderes adjudicadores podrán organizarse ejecutando de manera directa prestaciones
propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión
de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, valiéndose de otra persona jurídica
distinta a ellos, ya sea de derecho público o de derecho privado, previo encargo a esta,
con sujeción a lo dispuesto en este artículo, siempre y cuando la persona jurídica que
utilicen merezca la calificación jurídica de Medio propio personificado respecto de ellos
de conformidad con lo dispuesto en los tres apartados siguientes, y sin perjuicio de los
requisitos establecidos para los Medios propios del ámbito estatal en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Posteriormente, en sus apartados 2 y 4, el citado artículo fija los requisitos que han de
cumplir las personas jurídicas para tener la consideración de Medio propio personificado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312930
Acuerdo de 16 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que
se presta conformidad para que Andalucía Emprende, Fundación Pública
Andaluza, actúe como Medio propio personificado de la Administración de
la Junta de Andalucía y de sus entes instrumentales públicos vinculados o
dependientes de ella.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
página 55984/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
El artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva
sobre el régimen jurídico de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones
en Andalucía.
El artículo 11 del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, en relación con el artículo 8.1 del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación, atribuye a la misma las competencias en materia de emprendimiento.
Asimismo, y de acuerdo con los artículos 2.3.g) y 8.2 del citado Decreto 158/2022,
de 9 de agosto, «Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza» queda adscrita a la
Dirección General de Fomento del Emprendimiento y la Formación Continua.
«Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza» (antes «Fundación Andaluza de
Escuela de Empresas») fue autorizada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta
de Andalucía de 14 de septiembre de 1999 (BOJA número 120, de 16 de octubre de
1999), configurándose como un ente instrumental privado perteneciente al sector público
andaluz, de conformidad con lo establecido el artículo 52.1.b) y 3 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo
78 de la citada norma, según la cual el régimen jurídico de las fundaciones del sector
público andaluz será el previsto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma Andaluza.
La Fundación tiene por objeto, según lo establecido en el artículo 7 de sus Estatutos,
cuya modificación fue acordada por el Patronato de 19 de diciembre de 2023, con
carácter general, el fomento de la iniciativa emprendedora y de la actividad empresarial,
del empleo, la innovación, el conocimiento, la formación y cuantas actuaciones públicas
contribuyan a favorecer el desarrollo económico y empresarial de Andalucía. Igualmente,
en dicha modificación se añadió un artículo 2 bis donde se establece que «Andalucía
Emprende, Fundación Pública Andaluza» tendrá la consideración de servicio técnico y
Medio propio personificado de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entes
instrumentales públicos vinculados o dependientes de ella.
El artículo 32.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, señala que
los poderes adjudicadores podrán organizarse ejecutando de manera directa prestaciones
propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión
de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, valiéndose de otra persona jurídica
distinta a ellos, ya sea de derecho público o de derecho privado, previo encargo a esta,
con sujeción a lo dispuesto en este artículo, siempre y cuando la persona jurídica que
utilicen merezca la calificación jurídica de Medio propio personificado respecto de ellos
de conformidad con lo dispuesto en los tres apartados siguientes, y sin perjuicio de los
requisitos establecidos para los Medios propios del ámbito estatal en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Posteriormente, en sus apartados 2 y 4, el citado artículo fija los requisitos que han de
cumplir las personas jurídicas para tener la consideración de Medio propio personificado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312930
Acuerdo de 16 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que
se presta conformidad para que Andalucía Emprende, Fundación Pública
Andaluza, actúe como Medio propio personificado de la Administración de
la Junta de Andalucía y de sus entes instrumentales públicos vinculados o
dependientes de ella.