3. Otras disposiciones. . (2024/244-81)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la liquidación y baja de la Fundación SACEC.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 18 de diciembre de 2024
página 55740/2
Tercero. Consta en el expediente la comunicación de la liquidación acordada por el
Patronato de la Fundación al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde
las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto
279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de
pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Ordenar la inscripción de la liquidación de la Fundación SACEC en el
Registro de Fundaciones de Andalucía, adoptada por acuerdo de su Patronato en sesión
celebrada el día 9 de septiembre de 2024.
Segundo. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de
la adjudicación de bienes, derechos y obligaciones resultantes de la liquidación de la
Fundación SACEC, quedando adjudicado el remanente de bienes a la Organización de
Cáritas Española (sede Sevilla).
Tercero. Cancelar los asientos de la Fundación extinguida en el Registro de
Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación SACEC.
Cuarto. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
00312687
Sevilla, 4 de diciembre de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 18 de diciembre de 2024
página 55740/2
Tercero. Consta en el expediente la comunicación de la liquidación acordada por el
Patronato de la Fundación al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde
las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto
279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de
pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Ordenar la inscripción de la liquidación de la Fundación SACEC en el
Registro de Fundaciones de Andalucía, adoptada por acuerdo de su Patronato en sesión
celebrada el día 9 de septiembre de 2024.
Segundo. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de
la adjudicación de bienes, derechos y obligaciones resultantes de la liquidación de la
Fundación SACEC, quedando adjudicado el remanente de bienes a la Organización de
Cáritas Española (sede Sevilla).
Tercero. Cancelar los asientos de la Fundación extinguida en el Registro de
Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación SACEC.
Cuarto. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
00312687
Sevilla, 4 de diciembre de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja