Disposiciones generales. . (2024/244-2)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se convoca para el ejercicio 2025 la presentación de solicitudes de pago de la ayuda de los fondos y programas operativos por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas y de las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, al amparo del Reglamento (UE) núm. 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y en virtud del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 18 de diciembre de 2024

página 55826/3

operativos, y sus modificaciones, así como la gestión y control de las solicitudes de pago
de las ayudas y de autorización de los pagos de la ayuda financiera, en la Dirección
General de Ayudas Directas y de Mercados.
Como aplicación de la normativa comunitaria y nacional anteriormente indicada se
publicó la Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, modificada por la Resolución de 9 de mayo de 2023, por la
que se establecen especificaciones del procedimiento para la aprobación de proyectos
de programas operativos y de dotación de fondo operativo y de sus modificaciones de
anualidades no comenzadas y de modificaciones durante la anualidad en curso, así como
la comunicación resumen de éstas por parte de las organizaciones de productores o las
asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, para las solicitudes presentadas en virtud del Real
Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
La Resolución de 26 de octubre de 2022, queda derogada por la Resolución de
9 de julio de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la
que se establecen especificaciones del procedimiento para la aprobación de proyectos
de programas operativos y de dotación de fondo operativo y de sus modificaciones de
anualidades no comenzadas y de modificaciones durante la anualidad en curso, así
como la comunicación resumen de éstas por parte de las organizaciones de productores
o las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las solicitudes presentadas en virtud del
Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, y por la que se modifica la Resolución de 11 de
diciembre de 2023, de la misma Dirección General.
Por razón de lo expuesto, en virtud y uso de las atribuciones conferidas por la
legislación vigente y, en particular, el artículo 13 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto,

Primero. Convocatoria.
1. El objeto de la presente resolución es establecer, para el ejercicio 2025, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria para la presentación
de las solicitudes de pago de la ayuda financiera comunitaria al amparo del Reglamento
(UE) núm. 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021,
y en virtud del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
2. Las solicitudes de ayuda para la ejecución de un fondo operativo que podrán
presentar las organizaciones de productores o las asociaciones de organizaciones de
productores en virtud de los artículos 30, 31 y 32 del Real Decreto 857/2022 del 11 de
octubre, son las siguientes:
a) Los anticipos de la parte de ayuda correspondiente a los gastos previsibles aún
no realizados, fondo operativo 2025, de conformidad con el artículo 30 del Real Decreto
857/2022, de 11 de octubre.
b) Los pagos parciales de ayuda correspondiente a importes ya gastados, fondo
operativo 2025, regulados en el artículo 31 del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
c) Las solicitudes de pago de la ayuda financiera, o de su saldo, a las que hace
referencia el artículo 32 del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, correspondiendo
el saldo de la ayuda a la diferencia entre la ayuda total solicitada una vez finalizada la
anualidad y los anticipos y pagos parciales cobrados durante la misma.
3. La información asociada al procedimiento de la convocatoria para la presentación
de las solicitudes de pago de la ayuda financiera comunitaria al amparo del Reglamento
(UE) núm. 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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