Disposiciones generales. . (2024/244-1)
Orden de 12 de diciembre de 2024, por la que se realiza la convocatoria para la concesión de los Premios «Andalucía de la Tauromaquia» 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 18 de diciembre de 2024
página 55809/2
2. Las candidaturas deberán ser presentadas mediante exposición razonada de los
motivos que avalan la candidatura, acompañada de la aceptación de la persona o entidad
propuesta, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
3. En todas las modalidades convocadas se presentará la documentación que,
a juicio de la persona o entidad proponente, acredite el cumplimiento de los requisitos
exigidos para poder optar al premio, así como una memoria con los motivos que avalan la
candidatura de conformidad con lo establecido en el apartado 2.
4. El plazo de presentación de candidaturas comenzará el día siguiente a la fecha de
la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará en
el plazo de un mes a contar desde dicha fecha.
Tercero. Criterios de valoración de las candidaturas.
Conforme establece el artículo 5.2 del Decreto 59/2023, de 7 de marzo, para el
otorgamiento de los Premios «Andalucía de la Tauromaquia» se valorará la contribución
de las personas o entidades candidatas al desarrollo cultural, social y económico
vinculado con la tauromaquia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se concederá a
una actuación, trabajo o trayectoria de significado trascendente en el panorama taurino
andaluz.
Quinto. Funcionamiento del jurado.
El funcionamiento del jurado y las funciones de sus miembros se ajustará a lo
dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Las votaciones del jurado se efectuarán mediante voto secreto, que será emitido
únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312755
Cuarto. Composición del jurado.
El Jurado de la presente convocatoria, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6
del Decreto 59/2023, de 7 de marzo, estará integrado, a propuesta de la Ilma. Sra.
Secretaria General de Interior, por las personas que a continuación se indican, en cuya
designación se ha respetado la representación equilibrada de mujeres y hombres, en los
términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la igualdad de género en Andalucía:
Presidencia: Don Antonio Sanz Cabello, Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa.
Vicepresidencia: Don David Gil Sánchez, Secretario General de Interior.
Vocalías:
- Doña María Concepción Yoldi García.
- Don José Luis García-Palacios Álvarez.
- Doña Rocío de la Cámara Ysern.
- Don Jesús Manuel Coca López.
- Doña Fátima Halcón Álvarez-Ossorio.
- Don Fernando González Viñas.
- Doña Noelia López Fernández.
- Don José Manuel Laza Valle.
- Doña Elena García Sánchez.
Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, la persona titular de la jefatura del
Servicio de Espectáculos Públicos de la Secretaría General de Interior.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 18 de diciembre de 2024
página 55809/2
2. Las candidaturas deberán ser presentadas mediante exposición razonada de los
motivos que avalan la candidatura, acompañada de la aceptación de la persona o entidad
propuesta, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
3. En todas las modalidades convocadas se presentará la documentación que,
a juicio de la persona o entidad proponente, acredite el cumplimiento de los requisitos
exigidos para poder optar al premio, así como una memoria con los motivos que avalan la
candidatura de conformidad con lo establecido en el apartado 2.
4. El plazo de presentación de candidaturas comenzará el día siguiente a la fecha de
la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará en
el plazo de un mes a contar desde dicha fecha.
Tercero. Criterios de valoración de las candidaturas.
Conforme establece el artículo 5.2 del Decreto 59/2023, de 7 de marzo, para el
otorgamiento de los Premios «Andalucía de la Tauromaquia» se valorará la contribución
de las personas o entidades candidatas al desarrollo cultural, social y económico
vinculado con la tauromaquia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se concederá a
una actuación, trabajo o trayectoria de significado trascendente en el panorama taurino
andaluz.
Quinto. Funcionamiento del jurado.
El funcionamiento del jurado y las funciones de sus miembros se ajustará a lo
dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Las votaciones del jurado se efectuarán mediante voto secreto, que será emitido
únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312755
Cuarto. Composición del jurado.
El Jurado de la presente convocatoria, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6
del Decreto 59/2023, de 7 de marzo, estará integrado, a propuesta de la Ilma. Sra.
Secretaria General de Interior, por las personas que a continuación se indican, en cuya
designación se ha respetado la representación equilibrada de mujeres y hombres, en los
términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la igualdad de género en Andalucía:
Presidencia: Don Antonio Sanz Cabello, Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa.
Vicepresidencia: Don David Gil Sánchez, Secretario General de Interior.
Vocalías:
- Doña María Concepción Yoldi García.
- Don José Luis García-Palacios Álvarez.
- Doña Rocío de la Cámara Ysern.
- Don Jesús Manuel Coca López.
- Doña Fátima Halcón Álvarez-Ossorio.
- Don Fernando González Viñas.
- Doña Noelia López Fernández.
- Don José Manuel Laza Valle.
- Doña Elena García Sánchez.
Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, la persona titular de la jefatura del
Servicio de Espectáculos Públicos de la Secretaría General de Interior.