3. Otras disposiciones. . (2024/243-39)
Resolución de fecha 10 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la CTOTU de Sevilla de fecha 17 de octubre de 2024, por la que se aprueba definitivamente la «Modificación núm. 35. Cambio de calificación del edificio municipal ?La Torre? del municipio de Mairena del Alcor (Sevilla)», y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Martes, 17 de diciembre de 2024
página 55697/4
11.10.2024, concluye la viabilidad urbanística de la Modificación, en aplicación de la regla
segunda del artículo 36.2.c) de la LOUA.
De conformidad con la propuesta formulada, con fecha 15.10.2024, por la persona
titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en
virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada
por el art. 9.4 del citado decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía,
ACUERDA
1.º Aprobar definitivamente el instrumento de planeamiento urbanístico, denominado
«Modificación núm. 35. Cambio de calificación del edificio municipal “La Torre” del
municipio Mairena del Alcor», aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con
fecha 14.2.2023, de conformidad con el artículo 33.2 a) de la Ley 7/2002, de Ordenación
Urbanística de Andalucía.
2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos
Urbanísticos. Asimismo, tras el depósito, inscripción y publicación, el contenido íntegro
del instrumento de planeamiento estará disponible en el Sistema de Información Territorial
y Urbanística de Andalucía, SITUA.
3.º Notificar el acuerdo al Ayuntamiento de Mairena del Alcor.
4.º Publicar la presente resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas
de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley
7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.»
Contra el contenido del presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación
del territorio y urbanismo; así como los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento
de los requisitos previstos en esta ley.
ANEXO II
Sevilla, 10 de diciembre de 2024.- El Delegado, Francisco de Paula José Juárez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312644
La MP-35 consiste en la recalificación urbanística a dotacional de 185 m² del suelo de
una parcela de uso residencial, de titularidad pública:
a) Recalificación total de la parcela ocupada íntegramente por el inmueble de
naturaleza urbana, con referencia catastral núm. 6399041TG5369N0001OZ y situada
en calle Jesús, núm. 31, de Mairena del Alcor (Sevilla), según planos y anexos; en los
cuales la parcela pasa de contar con calificación: Residencial R-2, según el art. 42 de las
NN.SS. a formar parte del Sistema General de Equipamientos Comunitarios, según el
art. 33 de las NN.SS.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Martes, 17 de diciembre de 2024
página 55697/4
11.10.2024, concluye la viabilidad urbanística de la Modificación, en aplicación de la regla
segunda del artículo 36.2.c) de la LOUA.
De conformidad con la propuesta formulada, con fecha 15.10.2024, por la persona
titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en
virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada
por el art. 9.4 del citado decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía,
ACUERDA
1.º Aprobar definitivamente el instrumento de planeamiento urbanístico, denominado
«Modificación núm. 35. Cambio de calificación del edificio municipal “La Torre” del
municipio Mairena del Alcor», aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con
fecha 14.2.2023, de conformidad con el artículo 33.2 a) de la Ley 7/2002, de Ordenación
Urbanística de Andalucía.
2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos
Urbanísticos. Asimismo, tras el depósito, inscripción y publicación, el contenido íntegro
del instrumento de planeamiento estará disponible en el Sistema de Información Territorial
y Urbanística de Andalucía, SITUA.
3.º Notificar el acuerdo al Ayuntamiento de Mairena del Alcor.
4.º Publicar la presente resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas
de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley
7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.»
Contra el contenido del presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación
del territorio y urbanismo; así como los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento
de los requisitos previstos en esta ley.
ANEXO II
Sevilla, 10 de diciembre de 2024.- El Delegado, Francisco de Paula José Juárez Martín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312644
La MP-35 consiste en la recalificación urbanística a dotacional de 185 m² del suelo de
una parcela de uso residencial, de titularidad pública:
a) Recalificación total de la parcela ocupada íntegramente por el inmueble de
naturaleza urbana, con referencia catastral núm. 6399041TG5369N0001OZ y situada
en calle Jesús, núm. 31, de Mairena del Alcor (Sevilla), según planos y anexos; en los
cuales la parcela pasa de contar con calificación: Residencial R-2, según el art. 42 de las
NN.SS. a formar parte del Sistema General de Equipamientos Comunitarios, según el
art. 33 de las NN.SS.