Autoridades y personal. . (2024/242-48)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en el proceso selectivo de acceso libre para el ingreso, por el sistema de concurso-oposición, en el Cuerpo General Administrativo, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024

página 55630/2

Segundo. En atención a las condiciones establecidas en el artículo 2 de la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad
en el empleo público y a las necesidades de ordenación de efectivos, las vacantes
ofertadas son las que figuran en el anexo I de la presente resolución.
Tercero. 1. De acuerdo con el Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la
Administración General de la Junta de Andalucía para 2021, el Decreto 91/2022, de 31
de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022
y el apartado 3 de la base novena de la resolución de convocatoria, la petición de destino
habrá de realizarse de manera exclusivamente electrónica, conforme a lo dispuesto en
el Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, de acuerdo con el modelo que se publica
como anexo II de la presente resolución, debidamente firmado y cumplimentado.
2. Junto al formulario de petición de destino, las personas aspirantes deberán aportar
toda la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la base novena contenida en la
resolución de convocatoria, con las especificaciones que se indican a continuación:
2.1. Respecto a la declaración responsable a la que hace referencia la letra c), deberá
cumplimentarse conforme al modelo que figura en el anexo II-A de la presente resolución.
2.2. En el caso de aspirantes con discapacidad, la certificación médica a la que hace
referencia la letra d), se sustituirá por el correspondiente certificado, expedido por la
Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto
Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el desempeño de
las funciones correspondientes al Cuerpo, Especialidad u Opción a que se aspira.
Cuando deba ser expedido por el órgano competente de la Junta de Andalucía, no
resultará necesaria su incorporación, siempre que la persona aspirante no se oponga a
la consulta por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.
En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con
competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, dicha documentación
deberá ser inexcusablemente aportada junto con la petición de destino.
2.3. Respecto al apartado e), el personal aspirante que solicite puestos de trabajo
con la característica singular «Contacto habitual con Menores» deberá formular la
correspondiente Declaración Responsable de no haber sido condenado por sentencia
firme en los términos establecidos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia. Para
ello marcará la casilla correspondiente en el modelo de petición de destinos, Anexo II, y
cumplimentará el modelo que figura en el Anexo II-B de la presente resolución, debiendo
aportar además, en el caso de oponerse a la consulta de los datos contenidos en el
Registro Central de Delincuentes Sexuales, certificación negativa emitida por dicho
órgano.
3. Además de la petición de destino y la documentación a la que se hace referencia
en los apartados anteriores, se deberá aportar declaración responsable en la que,
de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésima séptima de la Ley
5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía se haga constar los siguientes
extremos:
- Que no ha sido propuesta para adquirir la condición de personal funcionario de
carrera o de personal laboral fijo en otro cuerpo, especialidad u opción, u otra categoría
profesional tanto en la Administración de la Junta de Andalucía como en las entidades
instrumentales integrantes del sector público andaluz, o que habiéndolo sido, opta por
continuar en el presente proceso selectivo.
- Que no ha sido nombrada personal funcionario de carrera o personal laboral fijo en
otro cuerpo, especialidad u opción, u otra categoría profesional tanto en la Administración
de la Junta de Andalucía como en las entidades instrumentales integrantes del sector
público andaluz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312576

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía