5. Anuncios. . (2024/242-86)
Anuncio de 10 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la Resolución de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, de 18 de noviembre de 2024, de aprobación definitiva, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024

página 55602/5

la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en plazo
para resolver y notificar, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Córdoba, por unanimidad de los presentes,
ACUERDA
Primero. Aprobar definitivamente a la reserva de la simple subsanación de la
deficiencias que a continuación se indica, a los efectos previstos en el artículo 33.2.b)
de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA),
el documento de subsanación de deficiencias y determinaciones suspendidas de la
innovación del PGOU de La Carlota para el cumplimiento de la Resolución de la CTOTU
aprobada por el Ayuntamiento 27 de mayo de 2024 relativa a la innovación del PGOU
de La Carlota para la ampliación del sector SUBO-PPI Ctra. de la Paz y la reordenación
detallada de los suelos incluidos en la UE-4 del Plan Parcial del citado sector,
supeditándose la inscripción y publicación de las Normas Urbanísticas, a la subsanación
de la misma. Una vez subsanadas y aprobadas por el Ayuntamiento, serán remitidas a la
Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, para su toma de
conocimiento.
Posteriormente, se procederá a realizar el depósito e inscripción del instrumento
de planeamiento en el Registro Autonómico de instrumentos de planeamiento de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, de conformidad con
el artículo 40 de la LOUA y 8 del Decreto 2/2004, por el que se regulan los registros
administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y bienes y
espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico. Realizada la inscripción, se
procederá a la publicación del contenido del articulado de las Norma Urbanísticas del
instrumento de planeamiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme
al artículo 41.2 de la LOUA. Asímismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 40.5
de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se publicará junto al
instrumento de planeamiento el estudio ambiental estratégico en la web de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Deficiencias a subsanar:
Respecto a la ordenación pormenorizada y detallada:
• En todo caso, la proporción del uso compatible terciario, prevista en el art. 17.1, en
relación al art. 3.2.f), debe justificar que permite mantener la ponderación relativa (1) de
los nuevos usos introducidos en la innovación en el área de reparto en la que se integran,
en comparación con los ya existentes.
Respecto a la documentación:
• En relación a los planos de información: el ámbito del sector afectado por la
innovación debe incluir el plano 3 de Yacimientos Arqueológicos y Áreas Cautelares del
TR PGOU 14, que no ha sido incluido en la documentación de la innovación (información
y ordenación).
• En relación a los planos del anexo de ordenación detallada para la UE4: debe
eliminarse del documento técnico el plano «O2 Ordenación Completa. Zonificación
y Ordenación pormenorizada» al carecer de sentido, por cuanto contiene la misma
representación que el plano de ordenación N7 y N9 de la innovación.

Tercero. Publicar el presente acuerdo en el BOJA, conforme a lo previsto en el
artículo 41 de la LOUA y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de
febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la
Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312549

Segundo. Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento y al Consejo Consultivo.