5. Anuncios. . (2024/242-86)
Anuncio de 10 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la Resolución de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, de 18 de noviembre de 2024, de aprobación definitiva, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024
página 55602/2
A su vez, el sector afectado por la innovación, ha sido reconocido en el planeamiento
general vigente, como un suelo urbanizable ordenado con planeamiento aprobado.
Tiene aprobado y vigente, un plan parcial de ordenación, aprobado definitivamente por el
Ayuntamiento con fecha 30 de mayo de 2008.
Segundo. El presente expediente promovido por el Ayuntamiento de La Carlota tiene
por objeto el Cumplimiento de resolución de la CTOTU de 27 de diciembre de 2023,
relativa a la aprobación definitiva de la innovación de PGOU para la ampliación del sector
SUBO-PPI Ctra. de la Paz, la reordenación detallada de los suelos incluidos en la unidad
de ejecución 4 del Plan Parcial del citado sector, y el cambio de posición de la rotonda
de acceso al sector SUS-I8, la cual se ubicaría ahora en el SUO-RT-PPI Ctra. de la Paz,
exigiendo el ajuste de la ordenación detallada de la UE3.
Tercero. La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba,
en sesión de 27 de diciembre de 2023, acordó suspender la aprobación definitiva de la
modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota, en base a lo
establecido en el informe desfavorable emitido por el Consejo Consultivo de Andalucía de
21 de diciembre de 2023 y a las deficiencias señaladas en el fundamento jurídico sexto,
debiéndose una vez subsanadas por la Corporación Municipal, ser elevadas de nuevo a
la CTOTU de Córdoba para su aprobación definitiva.
Quinto. El Pleno del Ayuntamiento de La Carlota, en sesión de 27 de mayo de 2024,
previos informes técnicos de 10 de mayo y 21 de mayo de 2024, informe jurídico de 20
de mayo de 2024 y de la secretaría municipal de 20 de mayo de 2024, acuerda aprobar
el documento de subsanación de deficiencias y determinaciones suspendidas de la
innovación del PGOU de La Carlota para el cumplimiento de la Resolución de la CTOTU
de fecha de 27 de diciembre de 2023.
Con fecha 16 de julio de 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y
urbanismo se emite informe del Servicio de Urbanismo.
Posteriormente, el 24 de julio de 2024, el expediente se remite a la Secretaría General
Técnica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda a fin de que se
recabe dictamen del Consejo Consultivo, al constatarse que la innovación se encuentra en
el supuesto del artículo 36.2.c)ª de la LOUA, teniendo entrada la petición del informe en
el Consejo Consultivo de Andalucía el 4 de septiembre de 2024, quedando interrumpido
el plazo para resolver y notificar de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y
Urbanismo, hasta la recepción de dicho informe, de conformidad con lo establecido en el
artículo 22.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, lo que se comunica al Ayuntamiento con fecha 26 de
septiembre de 2024.
Finalmente, el 14 de octubre de 2024, tuvo entrada en la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, dictamen favorable del Consejo Consultivo
de Andalucia núm. 774/2024, emitido el 10 de octubre de 2024, en sentido favorable,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312549
Cuarto. Con fecha 19 de junio de 2024, tiene entrada en el Registro General de
la Administración de la Junta de Andalucía expediente administrativo de tramitación y
documento técnico del Cumplimiento de Resolución de la CTOTU a la innovación del
PGOU de La Carlota remitido por ese Ayuntamiento en solicitud de aprobación definitiva a
la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba (en adelante
CTOTU).
Analizada la documentación remitida, el expediente se entiende completo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024
página 55602/2
A su vez, el sector afectado por la innovación, ha sido reconocido en el planeamiento
general vigente, como un suelo urbanizable ordenado con planeamiento aprobado.
Tiene aprobado y vigente, un plan parcial de ordenación, aprobado definitivamente por el
Ayuntamiento con fecha 30 de mayo de 2008.
Segundo. El presente expediente promovido por el Ayuntamiento de La Carlota tiene
por objeto el Cumplimiento de resolución de la CTOTU de 27 de diciembre de 2023,
relativa a la aprobación definitiva de la innovación de PGOU para la ampliación del sector
SUBO-PPI Ctra. de la Paz, la reordenación detallada de los suelos incluidos en la unidad
de ejecución 4 del Plan Parcial del citado sector, y el cambio de posición de la rotonda
de acceso al sector SUS-I8, la cual se ubicaría ahora en el SUO-RT-PPI Ctra. de la Paz,
exigiendo el ajuste de la ordenación detallada de la UE3.
Tercero. La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba,
en sesión de 27 de diciembre de 2023, acordó suspender la aprobación definitiva de la
modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Carlota, en base a lo
establecido en el informe desfavorable emitido por el Consejo Consultivo de Andalucía de
21 de diciembre de 2023 y a las deficiencias señaladas en el fundamento jurídico sexto,
debiéndose una vez subsanadas por la Corporación Municipal, ser elevadas de nuevo a
la CTOTU de Córdoba para su aprobación definitiva.
Quinto. El Pleno del Ayuntamiento de La Carlota, en sesión de 27 de mayo de 2024,
previos informes técnicos de 10 de mayo y 21 de mayo de 2024, informe jurídico de 20
de mayo de 2024 y de la secretaría municipal de 20 de mayo de 2024, acuerda aprobar
el documento de subsanación de deficiencias y determinaciones suspendidas de la
innovación del PGOU de La Carlota para el cumplimiento de la Resolución de la CTOTU
de fecha de 27 de diciembre de 2023.
Con fecha 16 de julio de 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y
urbanismo se emite informe del Servicio de Urbanismo.
Posteriormente, el 24 de julio de 2024, el expediente se remite a la Secretaría General
Técnica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda a fin de que se
recabe dictamen del Consejo Consultivo, al constatarse que la innovación se encuentra en
el supuesto del artículo 36.2.c)ª de la LOUA, teniendo entrada la petición del informe en
el Consejo Consultivo de Andalucía el 4 de septiembre de 2024, quedando interrumpido
el plazo para resolver y notificar de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y
Urbanismo, hasta la recepción de dicho informe, de conformidad con lo establecido en el
artículo 22.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, lo que se comunica al Ayuntamiento con fecha 26 de
septiembre de 2024.
Finalmente, el 14 de octubre de 2024, tuvo entrada en la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, dictamen favorable del Consejo Consultivo
de Andalucia núm. 774/2024, emitido el 10 de octubre de 2024, en sentido favorable,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312549
Cuarto. Con fecha 19 de junio de 2024, tiene entrada en el Registro General de
la Administración de la Junta de Andalucía expediente administrativo de tramitación y
documento técnico del Cumplimiento de Resolución de la CTOTU a la innovación del
PGOU de La Carlota remitido por ese Ayuntamiento en solicitud de aprobación definitiva a
la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba (en adelante
CTOTU).
Analizada la documentación remitida, el expediente se entiende completo.