3. Otras disposiciones. . (2024/241-45)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica adenda de modificación y prórroga al convenio específico entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Cámara de Cuentas de Andalucía en materia de formación.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 13 de diciembre de 2024
página 55541/3
Dicha colaboración comprenderá en todo caso, en los términos previstos en
el presente convenio específico y en el convenio marco de colaboración, la puesta a
disposición de los contenidos de las siguientes acciones formativas online:
• Introducción a la Ley de Función Pública.
• Protección de Datos Personales en la práctica.
• Trabajo en red.
• Protocolo y Relaciones Institucionales.
Segunda. Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio específico entre
el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Cámara de Cuentas en materia de
formación hasta la fecha de vigencia del convenio marco celebrado entre ambas partes
el 24 de septiembre de 2019, prorrogado mediante Adenda de 11 de septiembre de 2023,
del que trae causa. Por lo tanto, los efectos de la presente adenda a este convenio se
extenderán desde el 1 de enero de 2025 al 23 de septiembre de 2027.
Tercera. El convenio específico obligará a las partes por el plazo especificado en el
apartado anterior y en los mismos términos establecidos en aquel.
Cuarta. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este acuerdo será
publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asimismo, de conformidad con el principio de publicidad activa para los convenios
de colaboración, previsto en el artículo 15.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, ambas partes se comprometen a publicar los datos
de este acuerdo legalmente exigidos en sus respectivos portales de transparencia.
00312488
Y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente adenda. Por el Instituto
Andaluz de Administración Pública, el Director, Fdo.: José Loaiza García. Por la Cámara
de Cuentas, el Presidente, Fdo.: Manuel Alejandro Cardenete Flores.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 13 de diciembre de 2024
página 55541/3
Dicha colaboración comprenderá en todo caso, en los términos previstos en
el presente convenio específico y en el convenio marco de colaboración, la puesta a
disposición de los contenidos de las siguientes acciones formativas online:
• Introducción a la Ley de Función Pública.
• Protección de Datos Personales en la práctica.
• Trabajo en red.
• Protocolo y Relaciones Institucionales.
Segunda. Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio específico entre
el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Cámara de Cuentas en materia de
formación hasta la fecha de vigencia del convenio marco celebrado entre ambas partes
el 24 de septiembre de 2019, prorrogado mediante Adenda de 11 de septiembre de 2023,
del que trae causa. Por lo tanto, los efectos de la presente adenda a este convenio se
extenderán desde el 1 de enero de 2025 al 23 de septiembre de 2027.
Tercera. El convenio específico obligará a las partes por el plazo especificado en el
apartado anterior y en los mismos términos establecidos en aquel.
Cuarta. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este acuerdo será
publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asimismo, de conformidad con el principio de publicidad activa para los convenios
de colaboración, previsto en el artículo 15.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, ambas partes se comprometen a publicar los datos
de este acuerdo legalmente exigidos en sus respectivos portales de transparencia.
00312488
Y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente adenda. Por el Instituto
Andaluz de Administración Pública, el Director, Fdo.: José Loaiza García. Por la Cámara
de Cuentas, el Presidente, Fdo.: Manuel Alejandro Cardenete Flores.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja