3. Otras disposiciones. . (2024/241-45)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica adenda de modificación y prórroga al convenio específico entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Cámara de Cuentas de Andalucía en materia de formación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 13 de diciembre de 2024
página 55541/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 3 de diciembre de 2024, del Instituto Andaluz de Administración
Pública, por la que se publica adenda de modificación y prórroga al convenio
específico entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Cámara de
Cuentas de Andalucía en materia de formación.
Con fecha 3 de diciembre de 2024 se ha suscrito Adenda de modificación y prórroga al
convenio específico en materia de formación entre el Instituto Andaluz de Administración
Pública y la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha adenda, como anexo a
la presente resolución.
Sevilla, 3 de diciembre de 2024.- El Director, José Loaiza García.
ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA AL CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE
EL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LA CÁMARA
DE CUENTAS DE ANDALUCÍA EN MATERIA DE FORMACIÓN
REUNIDOS
De una parte, don Manuel Alejandro Cardenete Flores, Presidente de la Cámara de
Cuentas de Andalucía, en virtud del Decreto del Presidente 3/2024, de 8 de marzo, por el
que se nombra Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía (BOJA núm. 53, de 15
de marzo), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.a) de la Ley 1/1988, de 17 de
marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
De otra parte, don José Loaiza García, Director del Instituto Andaluz de Administración
Pública, nombrado por Decreto 299/2022, de 11 de agosto (BOJA núm. 157, de 17 de
agosto), en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.g) de los Estatutos
del Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobados por Decreto 277/2009, de 16
de junio, modificado por Decreto 98/2014, de 10 de junio.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y suscribir la presente modificación y prórroga del convenio específico
firmado entre ambas entidades el 5 de junio de 2023 y a tal efecto,
Primero. Que el Instituto Andaluz de Administración Pública, de conformidad con el
artículo 4.2.m) de sus Estatutos, aprobados por Decreto 277/2009, de 16 de junio, cuenta
entre sus funciones específicas con la de «colaborar y cooperar con otros órganos y
entidades, públicos y privados con funciones de formación del personal y de estudio,
investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a las Administraciones
y entidades públicas andaluzas y a la Administración de Justicia en Andalucía».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312488
E XPONEN
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 13 de diciembre de 2024
página 55541/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 3 de diciembre de 2024, del Instituto Andaluz de Administración
Pública, por la que se publica adenda de modificación y prórroga al convenio
específico entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Cámara de
Cuentas de Andalucía en materia de formación.
Con fecha 3 de diciembre de 2024 se ha suscrito Adenda de modificación y prórroga al
convenio específico en materia de formación entre el Instituto Andaluz de Administración
Pública y la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha adenda, como anexo a
la presente resolución.
Sevilla, 3 de diciembre de 2024.- El Director, José Loaiza García.
ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA AL CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE
EL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LA CÁMARA
DE CUENTAS DE ANDALUCÍA EN MATERIA DE FORMACIÓN
REUNIDOS
De una parte, don Manuel Alejandro Cardenete Flores, Presidente de la Cámara de
Cuentas de Andalucía, en virtud del Decreto del Presidente 3/2024, de 8 de marzo, por el
que se nombra Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía (BOJA núm. 53, de 15
de marzo), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.a) de la Ley 1/1988, de 17 de
marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
De otra parte, don José Loaiza García, Director del Instituto Andaluz de Administración
Pública, nombrado por Decreto 299/2022, de 11 de agosto (BOJA núm. 157, de 17 de
agosto), en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.g) de los Estatutos
del Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobados por Decreto 277/2009, de 16
de junio, modificado por Decreto 98/2014, de 10 de junio.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y suscribir la presente modificación y prórroga del convenio específico
firmado entre ambas entidades el 5 de junio de 2023 y a tal efecto,
Primero. Que el Instituto Andaluz de Administración Pública, de conformidad con el
artículo 4.2.m) de sus Estatutos, aprobados por Decreto 277/2009, de 16 de junio, cuenta
entre sus funciones específicas con la de «colaborar y cooperar con otros órganos y
entidades, públicos y privados con funciones de formación del personal y de estudio,
investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a las Administraciones
y entidades públicas andaluzas y a la Administración de Justicia en Andalucía».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312488
E XPONEN