Disposiciones generales. . (2024/241-1)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se modifica el anexo de la Orden de 27 de abril de 2018, por la que se adaptan las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se establecen disposiciones relativas a los controles oficiales de las mismas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 13 de diciembre de 2024

página 55451/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

El Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo
de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar
la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud
y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, establece las
normas específicas sobre los controles oficiales y las medidas que deben adoptar las
autoridades competentes en relación con la producción de los productos de origen animal
destinados al consumo humano, y entre otros, obliga a las autoridades competentes a
clasificar las zonas de producción y reinstalación, para la regulación de la explotación de
los moluscos bivalvos y otros invertebrados de origen marino.
Por otro lado, el Reglamento de ejecución (UE) 2019/627 de la Comisión, de 15
de marzo 2019, establece las disposiciones prácticas uniformes para la realización de
controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, de
conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo,
como las condiciones para la clasificación y vigilancia de las zonas de producción y
reinstalación clasificadas de moluscos bivalvos vivos. En este sentido, la autoridad
competente deberá clasificar estas zonas de producción en tres categorías (A, B y C), de
acuerdo con su grado de contaminación microbiológica. En la reglamentación andaluza,
estas disposiciones se formalizan en la Orden de 27 de abril de 2018, por la que se
adaptan las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se establecen disposiciones relativas a los
controles oficiales de las mismas. En particular, el artículo 5 de esta orden encomienda
a la persona titular de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul la
declaración, modificación y eliminación de las zonas de producción de moluscos bivalvos,
en base a la evaluación sanitaria de las zonas afectadas, la declaración o eliminación de
especies en las zonas de producción de moluscos bivalvos, en base a la información
existente sobre los bancos naturales de moluscos o las previsiones de actividad acuícola
y extractiva, así como, la clasificación sanitaria de las zonas de producción de moluscos
bivalvos en función de los resultados obtenidos en los controles oficiales de las mismas.
La última modificación del anexo de la Orden de 27 de abril de 2018, por la que se
adaptan las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se establecen disposiciones relativas a los
controles oficiales de las mismas, se estableció mediante la Resolución de 23 de febrero
de 2024, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se
actualiza la clasificación sanitaria de las zonas de producción de moluscos bivalvos y
otros invertebrados marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En base a la información existente sobre las autorizaciones y concesiones de dominio
público marítimo terrestre de determinadas zonas de cultivos marinos y a las previsiones
de actividad acuícola, procede:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312397

Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Pesca,
Acuicultura y Economía Azul, por la que se modifica el anexo de la Orden
de 27 de abril de 2018, por la que se adaptan las zonas de producción de
moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, y se establecen disposiciones relativas a los controles oficiales
de las mismas.