3. Otras disposiciones. . (2024/240-44)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024
página 55443/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Empresa Pública para la Gestión
del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., por la que se aprueba la Oferta
de Empleo Público para el año 2024.
DISPONGO
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público de la Empresa Pública para la Gestión
del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., para el año 2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312389
La Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., se
crea por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 27 de julio de
2010 (BOJA núm. 159 de 13 de agosto de 2010), mediante la fusión de las entidades
«Turismo Andaluz, S.A.» y «Empresa Pública Deporte Andaluz, S.A.», quedando inscrita
en el Registro Mercantil con fecha 21 de diciembre de 2010. La sociedad fija su domicilio
en Málaga, antiguo Posada de San Rafael, calle Compañía, número 40.
Es una sociedad mercantil del sector público andaluz, de las contempladas en el
artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía (Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo) y artículo 75 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía; está adscrita orgánicamente
y funcionalmente a la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior y funcionalmente en el
ámbito de deporte a la Consejería de Cultura y Deporte, según Decreto del Presidente
6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA extraordinario,
núm. 10, de 30 de julio de 2024), en relación al Decreto 166/2024, de 26 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior
(BOJA extraordinario, núm. 15, de 27 de agosto de 2024) y Decreto 169/2024, de 26
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y
Deporte (BOJA extraordinario, núm. 15, de 27 de agosto de 2024).
Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2024, establece en el artículo 13 que en «… las sociedades
mercantiles… a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la tasa de reposición del personal laboral
no incluido en el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la
Junta de Andalucía será la establecida con carácter máximo por la legislación básica del
Estado.
(...) la contratación de personal laboral no sujeto al VI Convenio Colectivo del Personal
Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía con carácter fijo o indefinido
(…) requerirá autorización de la Consejería competente en materia de sector público
instrumental.
Las autorizaciones a que se refiere este apartado se emitirán previo informe favorable
de la Consejería competente en materia de hacienda».
La Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A.
ha obtenido las preceptivas autorizaciones para la contratación indefinida de 8 puestos
(6 Técnicos/as Superior I, 1 Profesor/a Tutor/a y 1 Jefe/a de Unidad), con cargo a la
tasa de reposición de 2024, todo ello en cumplimiento de los artículos 13 y 18 de la Ley
presupuestaria vigente.
Conforme a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, art. 20,
la Oferta de Empleo Público deberá ser aprobada y publicada antes de la finalización de
cada año, debiendo asegurar su ejecución en el plazo máximo de tres años, y así
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024
página 55443/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Empresa Pública para la Gestión
del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., por la que se aprueba la Oferta
de Empleo Público para el año 2024.
DISPONGO
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público de la Empresa Pública para la Gestión
del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., para el año 2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312389
La Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., se
crea por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 27 de julio de
2010 (BOJA núm. 159 de 13 de agosto de 2010), mediante la fusión de las entidades
«Turismo Andaluz, S.A.» y «Empresa Pública Deporte Andaluz, S.A.», quedando inscrita
en el Registro Mercantil con fecha 21 de diciembre de 2010. La sociedad fija su domicilio
en Málaga, antiguo Posada de San Rafael, calle Compañía, número 40.
Es una sociedad mercantil del sector público andaluz, de las contempladas en el
artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía (Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo) y artículo 75 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía; está adscrita orgánicamente
y funcionalmente a la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior y funcionalmente en el
ámbito de deporte a la Consejería de Cultura y Deporte, según Decreto del Presidente
6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA extraordinario,
núm. 10, de 30 de julio de 2024), en relación al Decreto 166/2024, de 26 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior
(BOJA extraordinario, núm. 15, de 27 de agosto de 2024) y Decreto 169/2024, de 26
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y
Deporte (BOJA extraordinario, núm. 15, de 27 de agosto de 2024).
Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2024, establece en el artículo 13 que en «… las sociedades
mercantiles… a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la tasa de reposición del personal laboral
no incluido en el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la
Junta de Andalucía será la establecida con carácter máximo por la legislación básica del
Estado.
(...) la contratación de personal laboral no sujeto al VI Convenio Colectivo del Personal
Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía con carácter fijo o indefinido
(…) requerirá autorización de la Consejería competente en materia de sector público
instrumental.
Las autorizaciones a que se refiere este apartado se emitirán previo informe favorable
de la Consejería competente en materia de hacienda».
La Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A.
ha obtenido las preceptivas autorizaciones para la contratación indefinida de 8 puestos
(6 Técnicos/as Superior I, 1 Profesor/a Tutor/a y 1 Jefe/a de Unidad), con cargo a la
tasa de reposición de 2024, todo ello en cumplimiento de los artículos 13 y 18 de la Ley
presupuestaria vigente.
Conforme a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, art. 20,
la Oferta de Empleo Público deberá ser aprobada y publicada antes de la finalización de
cada año, debiendo asegurar su ejecución en el plazo máximo de tres años, y así