Disposiciones generales. . (2024/240-6)
Orden de 4 de diciembre de 2024, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para la Línea 1.2 de subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica, establecido en la Orden de 19 de junio de 2024, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024

página 55495/2

coherencia, ampliar dicho plazo de presentación de solicitudes, de manera que se facilite
la máxima participación en beneficio de las personas solicitantes de las subvenciones,
así como el cumplimiento eficaz y eficiente de los objetivos cuantitativos y temporales
asumidos por la Comunidad Autónoma de Andalucía, contribuyendo, en todo caso,
al fin último de las subvenciones convocadas, que consiste en activar el sector de la
rehabilitación, permitiendo generar empleo y actividad en el corto plazo y garantizar un
ritmo de renovación sostenible del parque edificado en el medio y largo plazo.
Adicionalmente, se considera que, tratándose de la ampliación de un plazo general
que beneficia a todos los posibles interesados en la presentación de solicitudes de
subvenciones en el marco de la convocatoria efectuada en régimen de concurrencia no
competitiva, no se genera ningún tipo de desigualdad o discriminación entre los mismos.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Título VII del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el Decreto 160/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda,
DISPONGO
Único. Ampliación de plazo de presentación de solicitudes para la Línea 1.2 de
subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica, establecido
en la Orden de 19 de junio de 2024, por la que se efectúa convocatoria, en régimen
de concurrencia no competitiva, de subvenciones acogidas al Programa de ayuda a las
actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Se modifica el párrafo segundo del dispositivo sexto de la Orden de 19 de junio de
2024, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva,
de subvenciones acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a
nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, que queda redactado como sigue:
«El plazo de presentación de solicitudes para la Línea 1.2 de subvenciones adicionales
para situaciones de vulnerabilidad económica comenzará a las 9:00 horas del día 16 de
octubre de 2024 y finalizará a las 9:00 horas del día 16 de enero de 2025.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de diciembre de 2024
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ

00312440

Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja