3. Otras disposiciones. . (2024/239-54)
Orden de 4 de diciembre de 2024, complementaria de la Orden de 24 de junio de 2024, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2024, así como para el refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024

página 55400/3

Cuarto. La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad procederá
a la tramitación de las propuestas de pago de las transferencias de financiación de las
cuantías contempladas en los Anexos III y IV conforme a lo previsto respectivamente en
los dispositivos quinto y sexto de la Orden de 24 de junio de 2024, estando en todo caso
supeditados a la realización efectiva por la de la Administración General del Estado de la
oportuna transferencia de dichos fondos a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Quinto. Las cantidades transferidas para las Prestaciones Básicas de Servicios
Sociales serán destinadas a garantizar la continuidad de los efectivos personales
y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales
Comunitarios de Andalucía.
Sexto. Las cantidades destinadas al refuerzo de los equipos de infancia y familia de
la Red de Servicios Sociales de Atención Primaria, ubicados en los Servicios Sociales
Comunitarios, financiarán gastos relativos a personal de los equipos (preferentemente
profesionales de la educación social, de la psicología y del trabajo social, y cuando sea
necesario de la abogacía, especializados en casos de violencia sobre la infancia y la
adolescencia), gastos de formación para dotar de competencias a profesionales y gastos
de formación dirigida a las familias, materiales de apoyo a la formación, así como gastos
corrientes y de gestión.
Séptimo. En cumplimento de lo dispuesto en el dispositivo segundo de la Orden de 26
de diciembre de 2023, que modifica la Orden de 17 de octubre de 2023, complementaria
a la Orden de 9 de mayo de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir
por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en
Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2023, así como para el refuerzo
de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de lo previsto en la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia
frente a la Violencia (LOPIVI), se procede a la asignación al Ayuntamiento de Cartaya de
la cantidad pendiente del ejercicio 2023, que es detraída de la asignación de la Diputación
Provincial de Huelva en este ejercicio.
Octavo. Los remanentes de fondos no comprometidos del programa de refuerzo de
los equipos de Infancia y Familia de Atención Primaria procedentes tanto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía como de la Administración General del Estado que al finalizar el
ejercicio 2024 se encuentren en poder de las Entidades Locales, seguirán manteniendo el
destino específico para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente ejercicio
como situación de tesorería en el origen como remanentes.
Sevilla, 4 de diciembre de 2024
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO

00312347

Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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