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Resolución de Alcaldía núm. 305/2024, de fecha de 25 de noviembre de 2024, del Ayuntamiento de Canillas de Aceituno, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir 3 plazas del Cuerpo de la Policía Local del Municipio de Canillas de Aceituno, mediante sistema de oposición (PP. 10140/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Jueves, 5 de diciembre de 2024

página 54787/9

12. Propuesta final, nombramiento, toma de posesión y periodo de permanencia
obligatorio.
12.1. Finalizado el curso selectivo de ingreso, el Instituto de Emergencias y Seguridad
Pública de Andalucía enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno,
para su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El tribunal, a las personas
aspirantes que superen el correspondiente curso de ingreso, les hallará la nota media
entre las calificaciones obtenidas en las pruebas de la oposición y el curso selectivo,
fijando el orden de prelación definitivo de las personas aspirantes, elevando la propuesta
final al titular de la Alcaldía, para su nombramiento con funcionario/a de carrera de las
plazas convocadas.
12.2. Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de personas aspirantes
aprobadas superior al número de plazas convocadas, los/as funcionarios/as en prácticas
serán nombrados/as funcionarios/as de carrera, los cuales deberán tomar posesión
en el plazo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento,
debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido
en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión
de cargos o funciones públicas.
12.3. El escalafonamiento como funcionario/a se efectuará atendiendo a la puntuación
global obtenida en la fase de oposición y curso de ingreso.
12.4. Se establece un periodo mínimo de permanencia obligatoria de cinco años en
las plazas de Policía Local obtenidas. En el caso de renuncia a la condición de personal
funcionario del cuerpo de la Policía Local, con anterioridad a este periodo mínimo, se
establecen medidas económicas compensatorias equivalentes a los gastos soportados
por la corporación para la selección, formación, prestaciones sociales y demás gastos
del funcionario.
En el supuesto de renunciar la persona aspirante seleccionada, con anterioridad
a su nombramiento como personal funcionario de carrera, la medida económica
compensatoria será importe total de los gastos soportados por el ayuntamiento para su
selección y formación.

00311733

13. Recursos.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de
Andalucía, según cual sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso
contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día
siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se
resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de
silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso
que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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