Autoridades y personal. . (2024/237-32)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación laboral prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y se convoca a concurso público un contrato de actividades científico-técnicas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Jueves, 5 de diciembre de 2024

página 55159/4

4. Efectos de los contratos y plazos de formalización e incorporación.
4.1 Una vez reunida la Comisión Evaluadora correspondiente y seleccionada la
persona contratada, el contrato surtirá efecto dentro de los veinte días hábiles siguientes
a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón Electrónico
Oficial (https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide, o bien en la fecha
específica de inicio establecida en las condiciones particulares de la convocatoria, si ésta
es posterior. Si la persona se encuentra en la situación descrita en la base 2.1.d), este
plazo será de 40 días hábiles, o bien en la fecha específica de inicio establecida en las
condiciones particulares de la convocatoria, si ésta es posterior.
4.2. La persona contratada dispondrá de un máximo de veinte días hábiles desde
la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón Electrónico Oficial
(https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide, para formalizar el contrato,
o bien en la fecha específica de inicio establecida en las condiciones particulares de la
convocatoria, si ésta es posterior. Si la persona se encuentra en la situación descrita en
la base 2.1.d), este plazo será de 40 días hábiles. o bien en la fecha específica de inicio
establecida en las condiciones particulares de la convocatoria, si ésta es posterior
5. Duración del contrato.
De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 23 bis de la Ley
14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, los contratos de
actividades científico-técnicas, serán de duración indefinida y no formarán parte de la
Oferta de Empleo Público ni de los instrumentos similares de gestión de las necesidades
de personal a que se refiere el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, ni su convocatoria estará limitada por la masa salarial del personal
laboral.

7. Solicitudes.
7.1. Las personas candidatas deberán presentar su solicitud en los quince días
siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía (BOJA).
7.2. Las personas destinatarias de la presente convocatoria están obligadas a
relacionarse electrónicamente con la Universidad para la realización de cualquier trámite
del presente procedimiento, en atención al artículo 4.1.i) del Reglamento por el que se
regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo
de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022).
7.3. Conforme al artículo 10.2.a) del Reglamento por el que se regula el uso y
funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, de
Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022), la solicitud, que se formalizará en el impreso
normalizado recogido en el Anexo III de esta resolución, así como la documentación
referenciada en el apartado 7.6 que acompañe a ésta, deberán presentarse a través de la
Sede Electrónica de la Universidad Pablo de Olavide (https://sede.upo.es/opencms/system/
modules/sede/index), utilizando el procedimiento electrónico denominado «Instancia Genérica»
(https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/contents/pages/registro_electronico),
así como en los restantes registros electrónicos de cualquier entidad pública a las que se
refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
7.4 Las personas extranjeras que, por no reunir los requisitos exigidos para ello, no
puedan disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada
basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por
prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312106

6. Extinción del contrato.
El contrato podrá extinguirse por las causas legalmente previstas.