Disposiciones generales. . (2024/237-2)
Orden de 28 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 17 de junio de 2024, por la que se convocan para el año 2024 ayudas a la parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022 y su extracto.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 237 - Jueves, 5 de diciembre de 2024
página 55146/2
el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020),
modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, modificando el crédito convocado para
tripulantes para esta parada establecido en el Anexo III de la citada orden, al amparo de la
gestión de las ayudas, en la cuantía total máxima de 455.000 €, en los siguientes términos:
Uno. El apartado 1 del resuelvo primero, queda redactado del siguiente modo:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2024, al
amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva,
por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera
con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, las
ayudas que se relacionan en el Anexo III de esta orden, en la cuantía total máxima que se
especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican en el referido
anexo, siendo el importe total disponible para esta convocatoria de 8.830.000,00 euros,
no pudiendo superarse la citada cuantía.»
Dos. El cuadro relativo a la Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto base
en Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, en el
Anexo III, queda redactado del siguiente modo:
Parada
Partida presupuestaria
Cuantía máxima (€)
Ayuda a la parada temporal de la flota
con puerto base en Andalucía de la
modalidad de cerco que faena en el
caladero Mediterráneo (RPS 25064)
1400120000/G/71P/47300/00/
G4130204A6
Armadores: 300.000
1400120000/G/71P/48300/00/
G4130204A6
Tripulantes: 340.000
+ 115.000,00
Periodo de
parada
Periodo
computable
Días
subvencionables
01/03/2024 a
31/03/2024
31 días
19 días
Parada
Partida presupuestaria
Cuantía máxima (€)
Ayuda a la parada temporal de la flota
con puerto base en Andalucía de la
modalidad de cerco que faena en el
caladero Mediterráneo (RPS 25064)
1400120000/G/71P/47300/00/
G4130204A6
Armadores: 300.000
1400120000/G/71P/48300/00/
G4130204A6
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Tripulantes: 340.000
+ 115.000,00
Periodo de
parada
Periodo
computable
Días
subvencionables
01/03/2024 a
31/03/2024
31 días
19 días
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312093
Segundo. La modificación del extracto de la Orden de 17 de junio de 2024, por la que
se convocan para el año 2024, ayudas a la parada temporal de la flota con puerto base en
Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en
la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva por la paralización
temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en
Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca
(2014-2020), modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, en los siguientes términos:
Uno. El punto 1 del apartado primero, queda redactado del siguiente modo:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2024, al
amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva,
por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera
con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, las
ayudas que se relacionan en el anexo de este extracto en la cuantía total máxima que
se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican en el
referido anexo, siendo el importe total disponible para esta convocatoria de 8.830.000,00
euros, no pudiendo superarse la citada cuantía.»
Dos. El cuadro relativo a la ayuda a la parada temporal de la flota con puerto base en
Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, en el anexo,
queda redactado del siguiente modo:
BOJA
Número 237 - Jueves, 5 de diciembre de 2024
página 55146/2
el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020),
modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, modificando el crédito convocado para
tripulantes para esta parada establecido en el Anexo III de la citada orden, al amparo de la
gestión de las ayudas, en la cuantía total máxima de 455.000 €, en los siguientes términos:
Uno. El apartado 1 del resuelvo primero, queda redactado del siguiente modo:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2024, al
amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva,
por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera
con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, las
ayudas que se relacionan en el Anexo III de esta orden, en la cuantía total máxima que se
especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican en el referido
anexo, siendo el importe total disponible para esta convocatoria de 8.830.000,00 euros,
no pudiendo superarse la citada cuantía.»
Dos. El cuadro relativo a la Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto base
en Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, en el
Anexo III, queda redactado del siguiente modo:
Parada
Partida presupuestaria
Cuantía máxima (€)
Ayuda a la parada temporal de la flota
con puerto base en Andalucía de la
modalidad de cerco que faena en el
caladero Mediterráneo (RPS 25064)
1400120000/G/71P/47300/00/
G4130204A6
Armadores: 300.000
1400120000/G/71P/48300/00/
G4130204A6
Tripulantes: 340.000
+ 115.000,00
Periodo de
parada
Periodo
computable
Días
subvencionables
01/03/2024 a
31/03/2024
31 días
19 días
Parada
Partida presupuestaria
Cuantía máxima (€)
Ayuda a la parada temporal de la flota
con puerto base en Andalucía de la
modalidad de cerco que faena en el
caladero Mediterráneo (RPS 25064)
1400120000/G/71P/47300/00/
G4130204A6
Armadores: 300.000
1400120000/G/71P/48300/00/
G4130204A6
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Tripulantes: 340.000
+ 115.000,00
Periodo de
parada
Periodo
computable
Días
subvencionables
01/03/2024 a
31/03/2024
31 días
19 días
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312093
Segundo. La modificación del extracto de la Orden de 17 de junio de 2024, por la que
se convocan para el año 2024, ayudas a la parada temporal de la flota con puerto base en
Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en
la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva por la paralización
temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en
Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca
(2014-2020), modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, en los siguientes términos:
Uno. El punto 1 del apartado primero, queda redactado del siguiente modo:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2024, al
amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva,
por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera
con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, las
ayudas que se relacionan en el anexo de este extracto en la cuantía total máxima que
se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican en el
referido anexo, siendo el importe total disponible para esta convocatoria de 8.830.000,00
euros, no pudiendo superarse la citada cuantía.»
Dos. El cuadro relativo a la ayuda a la parada temporal de la flota con puerto base en
Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, en el anexo,
queda redactado del siguiente modo: