Disposiciones generales. . (2024/237-2)
Orden de 28 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 17 de junio de 2024, por la que se convocan para el año 2024 ayudas a la parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022 y su extracto.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Jueves, 5 de diciembre de 2024

página 55146/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 28 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 17 de
junio de 2024, por la que se convocan para el año 2024 ayudas a la parada
temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de cerco que
faena en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2 de septiembre de
2022 y su extracto.
Mediante la Orden de 17 de junio de 2024, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 125, de
28 de junio de 2024, se realiza la convocatoria para el año 2024 de ayudas a la parada
temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de cerco que faena
en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la
Orden de 22 de mayo de 2024, con arreglo a los créditos presupuestarios en relación con
las ayudas a la parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad
de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, que se indican a continuación:
Línea de ayuda

Partidas presupuestarias

Cuantía máxima (€)

Ayuda a la parada temporal de la
flota con puerto base en Andalucía
de la modalidad de cerco que faena
en el caladero Mediterráneo

1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6
1400120000/G/71P/48300/00/G4130204A6

Armadores FEMPA: 300.000,00
Tripulantes FEMPA: 340.000,00

Dado que el número de solicitudes de tripulantes presentadas que cumplen requisitos
en esta parada temporal de la flota de cerco y que no han podido recibir ayudas ha
superado con mucho los beneficiarios en las convocatorias anteriores, se hace necesario
modificar el crédito convocado para tripulantes.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de
la referida Orden de 17 de junio de 2024 y de su extracto, y en virtud de la competencia
que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado
por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, y el artículo 115 del texto refundido de la Ley
General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como el artículo 35 del Decreto-ley
3/2021, de 16 de febrero, por el que se adopta medidas de agilización administrativa y
racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

Primero. La modificación de la Orden de 17 de junio de 2024, por la que se convocan
para el año 2024, ayudas a la parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de
la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2
de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la
actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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