3. Otras disposiciones. . (2024/237-35)
Orden de 2 de diciembre de 2024, por la que se modifica la dotación del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico y se dictan actos para la efectiva dotación y gestión del mismo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Jueves, 5 de diciembre de 2024

página 55213/3

régimen especial de los trabajadores autónomos de Andalucía y a personas físicas que no
actúen en condición de empresarios o profesionales. Las subvenciones que se concedan
con cargo a esta línea deberán responder al objeto y fines generales del Fondo, y ser
complementarias de las políticas y estrategias de financiación que se establezcan por el
Consejo de Gobierno, formando parte de los planes de actuación del Fondo.»
Segundo. Determinar el incremento de la dotación de la sublínea «Instrumento
Financiero Garantía Vivienda Andalucía» de la línea «Andalucía, financiación empresarial».
La dotación de la sublínea «Instrumento Financiero Garantía Vivienda Andalucía»
de la línea «Andalucía, financiación empresarial» se incrementa en 25.000.000 euros,
alcanzando un importe total de 45.000.000 euros.
Tercero. Autorizar a la Dirección General de Planificación, Política Económica y
Financiera y a la Intervención General de la Junta de Andalucía a la realización de las
operaciones contables y financieras para reajustar la efectiva dotación de la sublínea
«Instrumento Financiero Garantía Vivienda Andalucía» de la línea «Andalucía,
financiación empresarial».
1. La Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera y la
Intervención General de la Junta de Andalucía realizarán las operaciones contables y
financieras para reajustar la dotación de la línea «Andalucía, financiación empresarial»
y de la sublínea «Instrumento Financiero Garantía Vivienda Andalucía» conforme a lo
indicado en el Acuerdo Segundo.
2. La Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera ordenará
al agente financiero del Fondo realizar una transferencia desde la cuenta de la línea
«Andalucía, Financiación Empresarial» a la cuenta de la sublínea «Instrumento Financiero
Garantía Vivienda Andalucía».
Cuarto. Comunicación y publicación.
Se ordena a la Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera
la comunicación del presente acto a la Intervención General de la Junta de Andalucía, a
la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía como actual agente financiero del
Fondo y a la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Articulación
del Territorio y Vivienda, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía para general conocimiento.
Quinto. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día en que se dicta.
Sevilla, 2 de diciembre de 2024
CAROLINA ESPAÑA REINA

00312160

Consejera de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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