3. Otras disposiciones. . (2024/236-58)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación de los acuerdos y resoluciones relativos a la aprobación definitiva de la «Modificación de las Normas Subsidiarias. Ámbito SUNC-03 Alcázar» del municipio de Aznalcázar (Sevilla).
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Miércoles, 4 de diciembre de 2024

página 55039/6

articulado de las normas urbanísticas del instrumento de planeamiento (artículos 40 y 41 de
la LOUA, y artículo 21.1 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros
administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes
y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico). Asimismo, tras el depósito,
inscripción y publicación; el contenido íntegro del instrumento de planeamiento estará
disponible en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía, SITUA».
Con fecha 21.10.2024, se emite informe técnico por el Servicio de Urbanismo de
esta Delegación Territorial, que concluye lo siguiente: «procede la inscripción en RIU
y publicación de presente documento urbanístico al haberse procedido a subsanar
adecuadamente las consideraciones expresadas en la Resolución de la CTOTU de fecha
28 de mayo de 2024 de Aprobación Definitiva del proyecto de referencia «Modificación
puntual de las NN.SS. en el ámbito SUNC-03 Alcázar», del municipio de Aznalcázar,
conforme a lo establecido en el artículo 33.2.b) de la LOUA, en base a la Disposición
Transitoria Tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad
del Territorio de Andalucía y siendo conforme a las determinaciones establecidas en el
planeamiento general vigente y en la legislación urbanística de aplicación».
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 36/2014,
de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración
de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta
Delegación Territorial
RESU ELV E
1.º Proceder al depósito e inscripción del instrumento de planeamiento urbanístico
«Modificación puntual de la NN.SS. en el ámbito SUNC-03 Alcázar» en el municipio de
Aznalcázar» de la provincia de Sevilla, en cumplimiento del Acuerdo de la CTOTU de
fecha 28/05/2024, en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.
2.º Publicar la presente resolución y el contenido de las normas urbanísticas de este
planeamiento en el BOJA, conforme a lo establecido por el art. 41 de la Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, resultando la referida
normativa de aplicación, en base a lo establecido en la disposición transitoria tercera
de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de
Andalucía, (BOJA núm. 233, de 3.12.21).
Notifíquese la presente resolución a los interesados con las advertencias legales que
procedan.
ANEXO III

1. Artículos introducidos para ordenar la subzona «Entorno Cerro del Alcázar».
Para atender a las especiales características del ámbito y proteger sus valores se crea
una subzona de ordenanzas dentro de las Zona de Casco Histórico. Así pues, se crean
siete nuevos artículos (11.CA.a, 11.CA.b, 11.CA.c, 11.CA.d, 11.CA.e, 11.CA.f y 11.CA.g)
y serán de aplicación de manera genérica los artículos 11.14 a 11.58 de las ordenanzas
de edificación pertenecientes a las NN.SS. No obstante, se adecua para esta zona el
contenido de los artículos 11. 22, 11. 23, 11. 24, 11. 26, 11. 27, 11. 29, 11. 30, 11. 31, 11. 37,
11. 38, 11. 39 y 11. 47 que bajo la denominación 11.CA.22, 11.CA.23, 11.CA.24, 11.CA.26,
11.CA.27, 11.CA.29, 11.CA.30, 11.CA.31, 11.CA.37, 11.CA.38, 11.CA.39 y 11.CA.47 serán
de aplicación a las parcelas incluidas en dicho ámbito, siendo siempre, en caso de dualidad
normativa, de aplicación la norma más restrictiva de las dos y prevaleciendo, en caso de
incongruencia, la norma de ámbito mayor, esto es, la ordenanza de casco histórico.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311986

NORMAS URBANÍSTICAS