Disposiciones generales. . (2024/235-1)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2024 de subvenciones al amparo de la Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España ?Financiado por la Unión Europea? Next Generation EU (Programa UNICO-Bono Social).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Martes, 3 de diciembre de 2024
página 55091/7
conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General
de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través del canal habilitado por
dicho servicio en la dirección web
http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas
así como a través de la Oficina Andaluza contra el Fraude a través del siguiente enlace:
https://buzon.antifraudeandalucia.es/#/
Decimocuarto. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
En orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, el órgano competente para conceder estas
subvenciones podrá dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de
resolución de concesión.
Decimoquinto. Efectos de la resolución y recursos.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al que se publique en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto de la convocatoria, de conformidad
con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, y ante el mismo órgano que la dictó, recurso de reposición, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de
la resolución de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad
con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00312037
Sevilla, 28 de noviembre de 2024.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Martes, 3 de diciembre de 2024
página 55091/7
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de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través del canal habilitado por
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http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas
así como a través de la Oficina Andaluza contra el Fraude a través del siguiente enlace:
https://buzon.antifraudeandalucia.es/#/
Decimocuarto. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
En orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, el órgano competente para conceder estas
subvenciones podrá dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de
resolución de concesión.
Decimoquinto. Efectos de la resolución y recursos.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al que se publique en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto de la convocatoria, de conformidad
con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, y ante el mismo órgano que la dictó, recurso de reposición, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de
la resolución de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad
con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00312037
Sevilla, 28 de noviembre de 2024.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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