3. Otras disposiciones. . (2024/234-67)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 11/2024, de 21 de noviembre, de Administración Electrónica de la Universidad de Málaga.
<< 39 << Página 39
Página 40 Pág. 40
-
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024

página 54947/40

en la Sede Electrónica de la Universidad de Málaga a efectos del cumplimiento de las
previsiones del art. 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sobre la obligatoriedad de asiento en el Registro Electrónico
General e inicio de trámites administrativos en Sede Electrónica.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas las siguientes normas:
- Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, de 9 de julio de
2018, por el que se regula la implantación y utilización de medios electrónicos en los
procedimientos administrativos correspondientes a servicios prestados por dicha
Universidad.
- Resolución del Rector de la Universidad de Málaga, de 21 de abril de 2022, por
la que se regula el procedimiento para la producción documental de carácter oficial
de la Universidad de Málaga, y para la práctica de comunicaciones, notificaciones y
publicaciones.
- Resolución del Rector de la Universidad de Málaga, de 22 de abril de 2022, por
la que se regula el procedimiento a seguir con la documentación que se presente o se
reciba, en las oficinas de atención en materia de registro de la Universidad de Málaga, a
efectos de su anotación en el Registro Electrónico General de dicha Universidad.
- Cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a lo dispuesto en
el presente Reglamento.
Disposición final primera.
Se habilita al Rector/a, a la persona titular de la Secretaría General y a la persona
titular de la Gerencia para dictar todas las instrucciones que sean necesarias para la
aplicación de este Reglamento.
Disposición final segunda.

00311892

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de su publicación en el Boletín
Oficial de la Universidad de Málaga.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja