Disposiciones generales. . (2024/234-3)
Extracto de 26 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Universidades, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades Públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024

página 54949/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
Extracto de 26 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de
Universidades, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implementación de
microcredenciales por las Universidades Públicas de Andalucía en el marco
del Componente 21, Inversión 6, del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
BDNS: 799232.
De conformidad con lo previsto en el artículo 12 del texto articulado de la Orden de
22 de octubre de 2024, de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación,
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implementación
de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del
Componente 21, Inversión 6, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se
publica un extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el
presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Primero. Convocatoria.
Se convoca en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de
subvenciones destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las
Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6, del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tercero. Objeto y conceptos subvencionables.
1. Las subvenciones tienen por objeto el desarrollo e implementación de
microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del
Componente 21, Inversión 6, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
destinadas a la recualificación de la población adulta mediante formaciones breves,
flexibles, modulares, acumulables y orientadas a la adquisición de habilidades y
competencias concretas requeridas en el ámbito laboral.
2. Serán subvencionables los siguientes conceptos, de acuerdo con lo que establece
la Orden de 22 de octubre de 2024, de la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación:
a) La producción de nuevas formaciones conducentes a microcredenciales en las
Universidades públicas de Andalucía.
b) Las actividades instrumentales para el desarrollo de la oferta de microcredenciales.
c) Las actividades de intermediación.
d) La concesión de becas o ayudas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311895

Segundo. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por Orden de
22 de octubre de 2024, de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implementación
de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del
Componente 21, Inversión 6, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.