3. Otras disposiciones. . (2024/232-18)
Instrucción conjunta 1/2024, de 20 de noviembre, de la Viceconsejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, y de la Secretaría General para la Administración Pública, para la aplicación del artículo 12 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del personal Alto Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Jueves, 28 de noviembre de 2024
página 54818/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del personal Alto
Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades,
Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos
establece, en su artículo 12, la obligación de presentar en el Registro de Actividades,
Bienes, Intereses y Retribuciones, por parte del personal Alto Cargo de la Administración
de la Junta de Andalucía y otros Cargos Públicos, las autoliquidaciones tributarias
íntegras del último ejercicio económico declarado, correspondientes al Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas y, en su caso, al Impuesto sobre el Patrimonio, las
cuales serán objeto de publicidad en el Portal de la Junta de Andalucía, salvo en aquellos
extremos que afecten al derecho a la intimidad de las personas que figuren en las mismas
o de terceras personas, así como a los datos protegidos por la normativa vigente, en cuyo
caso la publicidad solo se llevará a cabo previa disociación de los datos a ella referidos,
con expresa referencia a tal circunstancia.
Igualmente y con carácter opcional, el personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos
podrán aportar las autoliquidaciones tributarias de sus cónyuges o parejas de hecho
debidamente inscritas, cuya publicidad solo podrá realizarse si se cuenta con el
consentimiento expreso de los mismos y con las limitaciones mencionadas en el párrafo
anterior.
El citado artículo establece dos obligaciones diferenciadas pero necesariamente
relacionadas. Por una parte, la imposición de presentar las autoliquidaciones tributarias
íntegras en el Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones, el cual es
gestionado y custodiado por la Secretaría General para la Administración Pública a
través de Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 3/2005, de 8 de abril y el artículo 32 del Decreto
601/2019, de 3 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la
Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía. Y por otra, la obligación de
publicar la información en el Portal de la Junta de Andalucía.
Con objeto de facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la citada
Ley 3/2005, de 8 de abril, con fecha 4 de enero de 2018, se publicó en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, la Instrucción Conjunta 1/2017, de 20 de diciembre, de la
Viceconsejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática y de la
Secretaría General para la Administración Pública, para la aplicación del artículo 12 de
la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración
de la Junta de Andalucía. Asimismo, mediante la Instrucción se aprobaron los diferentes
formularios para la cumplimentación, remisión y publicación de las respectivas
autoliquidaciones tributarias en el Registro de Actividades, Bienes, Intereses y
Retribuciones.
En el proceso de implantación de las adaptaciones necesarias en el Sistema de
Información del Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones se detectó
la necesidad de modificar los formularios de la citada Instrucción Conjunta 1/2017, de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311765
Instrucción conjunta 1/2024, de 20 de noviembre, de la Viceconsejería de la
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, y de la
Secretaría General para la Administración Pública, para la aplicación del
artículo 12 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones
del personal Alto Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de
Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto
Cargo y otros Cargos Públicos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Jueves, 28 de noviembre de 2024
página 54818/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del personal Alto
Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades,
Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos
establece, en su artículo 12, la obligación de presentar en el Registro de Actividades,
Bienes, Intereses y Retribuciones, por parte del personal Alto Cargo de la Administración
de la Junta de Andalucía y otros Cargos Públicos, las autoliquidaciones tributarias
íntegras del último ejercicio económico declarado, correspondientes al Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas y, en su caso, al Impuesto sobre el Patrimonio, las
cuales serán objeto de publicidad en el Portal de la Junta de Andalucía, salvo en aquellos
extremos que afecten al derecho a la intimidad de las personas que figuren en las mismas
o de terceras personas, así como a los datos protegidos por la normativa vigente, en cuyo
caso la publicidad solo se llevará a cabo previa disociación de los datos a ella referidos,
con expresa referencia a tal circunstancia.
Igualmente y con carácter opcional, el personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos
podrán aportar las autoliquidaciones tributarias de sus cónyuges o parejas de hecho
debidamente inscritas, cuya publicidad solo podrá realizarse si se cuenta con el
consentimiento expreso de los mismos y con las limitaciones mencionadas en el párrafo
anterior.
El citado artículo establece dos obligaciones diferenciadas pero necesariamente
relacionadas. Por una parte, la imposición de presentar las autoliquidaciones tributarias
íntegras en el Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones, el cual es
gestionado y custodiado por la Secretaría General para la Administración Pública a
través de Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 3/2005, de 8 de abril y el artículo 32 del Decreto
601/2019, de 3 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la
Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía. Y por otra, la obligación de
publicar la información en el Portal de la Junta de Andalucía.
Con objeto de facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la citada
Ley 3/2005, de 8 de abril, con fecha 4 de enero de 2018, se publicó en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, la Instrucción Conjunta 1/2017, de 20 de diciembre, de la
Viceconsejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática y de la
Secretaría General para la Administración Pública, para la aplicación del artículo 12 de
la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración
de la Junta de Andalucía. Asimismo, mediante la Instrucción se aprobaron los diferentes
formularios para la cumplimentación, remisión y publicación de las respectivas
autoliquidaciones tributarias en el Registro de Actividades, Bienes, Intereses y
Retribuciones.
En el proceso de implantación de las adaptaciones necesarias en el Sistema de
Información del Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones se detectó
la necesidad de modificar los formularios de la citada Instrucción Conjunta 1/2017, de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311765
Instrucción conjunta 1/2024, de 20 de noviembre, de la Viceconsejería de la
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, y de la
Secretaría General para la Administración Pública, para la aplicación del
artículo 12 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones
del personal Alto Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de
Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto
Cargo y otros Cargos Públicos.