Disposiciones generales. . (2024/230-6)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se acuerda la ampliación del plazo de ejecución de las acciones formativas establecido en la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea ?NextGenerationUE?, y se efectúa la convocatoria del año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 54641/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Formación Profesional para el Empleo, por la que se acuerda la ampliación
del plazo de ejecución de las acciones formativas establecido en la Orden
de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva
destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la
población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en
el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que
determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas,
asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo
de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
y por la Unión Europea –NextGenerationUE–, y se efectúa la convocatoria
del año 2024.
BDNS (Identif.): 765125.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 6 de junio de 2024 se publica en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía número 109 la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen
las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
no competitiva destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de
la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa
vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades
de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes y por la Unión Europea –NextGenerationUE–, y se efectúa la
convocatoria del año 2024.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el apartado décimo del artículo 2 de
la citada Orden, el plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones comenzó
el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía de conformidad con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. El mencionado plazo para presentar solicitudes
quedó abierto hasta el 31 de agosto de 2024.
Cuarto. Con fecha de firma 10.7.2024, se recibe por parte de la Secretaria General de
Formación Profesional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la
autorización emitida por parte de la Secretaria General de Fondos Europeos para ampliar
hasta en seis meses el plazo previsto para el cumplimiento del objetivo CID 298. Por
consiguiente, el plazo de ejecución podrá extenderse hasta el 30 de junio de 2025.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311588
Tercero. Conforme a lo dispuesto en el apartado séptimo del artículo 2 de la citada
orden, se establece que «Las acciones objeto de financiación podrán ser ejecutadas
hasta el 31 de octubre de 2024, salvo que en aras de favorecer la completa ejecución de
las acciones formativas financiadas a través del programa MRR reskilling&upskilling, se
amplíe el plazo previsto en el objetivo CID 298».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 54641/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Formación Profesional para el Empleo, por la que se acuerda la ampliación
del plazo de ejecución de las acciones formativas establecido en la Orden
de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva
destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la
población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en
el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que
determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas,
asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo
de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
y por la Unión Europea –NextGenerationUE–, y se efectúa la convocatoria
del año 2024.
BDNS (Identif.): 765125.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 6 de junio de 2024 se publica en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía número 109 la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen
las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
no competitiva destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de
la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa
vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades
de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes y por la Unión Europea –NextGenerationUE–, y se efectúa la
convocatoria del año 2024.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el apartado décimo del artículo 2 de
la citada Orden, el plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones comenzó
el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía de conformidad con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. El mencionado plazo para presentar solicitudes
quedó abierto hasta el 31 de agosto de 2024.
Cuarto. Con fecha de firma 10.7.2024, se recibe por parte de la Secretaria General de
Formación Profesional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la
autorización emitida por parte de la Secretaria General de Fondos Europeos para ampliar
hasta en seis meses el plazo previsto para el cumplimiento del objetivo CID 298. Por
consiguiente, el plazo de ejecución podrá extenderse hasta el 30 de junio de 2025.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311588
Tercero. Conforme a lo dispuesto en el apartado séptimo del artículo 2 de la citada
orden, se establece que «Las acciones objeto de financiación podrán ser ejecutadas
hasta el 31 de octubre de 2024, salvo que en aras de favorecer la completa ejecución de
las acciones formativas financiadas a través del programa MRR reskilling&upskilling, se
amplíe el plazo previsto en el objetivo CID 298».