5. Anuncios. . (2024/230-56)
Anuncio de 30 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Cuevas Bajas, de bases de la convocatoria para la selección mediante concurso-oposición de la plaza de arquitecto perteneciente a la plantilla de personal funcionario. (PP. 9980/2024).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 53763/8
que deberá acudir al trámite sobre modificación de preferencias de notificación que se
encuentra disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cuevas Bajas.
La voluntad de relacionarse electrónicamente, o de dejar de hacerlo cuando ya
se hubiere optado anteriormente por ello, podrá realizarse en una fase posterior del
procedimiento, si bien deberá comunicarse al órgano que tramita el procedimiento, de
forma que quede constancia de la misma. En ambos casos, los efectos de la comunicación
se producirán a partir del quinto día hábil siguiente a aquel en que el órgano competente
para tramitar el procedimiento haya tenido constancia de la misma.
Las solicitudes que se tramiten desde el extranjero podrán presentarse, en las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las
remitirán seguidamente al Ayuntamiento de Cuevas Bajas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de Correos, antes de su envío.
En caso de que la solicitud se presente de forma presencial en un Registro distinto
del Ayuntamiento de Cuevas Bajas o en las oficinas de Correos, además de figurar en la
misma la fecha de presentación, el aspirante deberá simultáneamente remitir aviso de su
presentación mediante email al correo electrónico ayuntamiento@cuevasbajas.es.
Durante el plazo de presentación de solicitudes se pondrá a disposición de los/as
aspirantes en la web https://cuevasbajas.sedelectronica.es/oep-2021, una guía con las
instrucciones a seguir para la correcta cumplimentación de la solicitud, con todos sus
anexos y procedimiento para el abono de la tasa de derechos de examen.
5.3. El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
5.4. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en el correspondiente plazo que se abrirá a tal efecto.
5.5. Las solicitudes se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones que figuren en
las bases de cada convocatoria, debiéndose presentar una por cada plaza a la que se opta.
5.6. Derechos de participación en el proceso selectivo.
5.6.1. Los derechos de participación en el proceso selectivo serán los contemplados
en la correspondiente ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derecho de examen
del Excmo. Ayuntamiento de Cuevas Bajas, que pueden ser consultadas en página web
de esta Corporación (Portal de Transparencia): www.cuevasbajas.sedelectronica.es.
El pago de la tasa se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes,
mediante ingreso en la cuenta corriente del Excmo. Ayuntamiento de Cuevas Bajas,
número IBAN ES17 2103 2020 7131 1000 0010 de Unicaja en Cuevas Bajas. A la
solicitud de participación en la respectiva convocatoria, la persona aspirante deberá
adjuntar, además de la autoliquidación, el documento acreditativo del ingreso en la
mencionada cuenta, en el que deberá constar nombre y apellidos del aspirante, nunca
del representante, plaza a la que opta, importe, fecha del ingreso y el número de
preinscripción que aparece al iniciar el procedimiento de presentación de la solicitud de
participación.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa de los
derechos de participación en el proceso selectivo o la justificación de la concurrencia de
alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso
selectivo.
La falta de justificación del abono de los derechos de participación o de encontrarse
exento del mismo determinará la exclusión de la persona aspirante.
Las tasas satisfechas en concepto de derechos de participación en proceso
selectivo, no serán devueltas cuando las personas candidatas resulten excluidas en la
lista definitiva, por errores cometidos en su solicitud y atribuible a ellas mismas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310711
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 53763/8
que deberá acudir al trámite sobre modificación de preferencias de notificación que se
encuentra disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cuevas Bajas.
La voluntad de relacionarse electrónicamente, o de dejar de hacerlo cuando ya
se hubiere optado anteriormente por ello, podrá realizarse en una fase posterior del
procedimiento, si bien deberá comunicarse al órgano que tramita el procedimiento, de
forma que quede constancia de la misma. En ambos casos, los efectos de la comunicación
se producirán a partir del quinto día hábil siguiente a aquel en que el órgano competente
para tramitar el procedimiento haya tenido constancia de la misma.
Las solicitudes que se tramiten desde el extranjero podrán presentarse, en las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las
remitirán seguidamente al Ayuntamiento de Cuevas Bajas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de Correos, antes de su envío.
En caso de que la solicitud se presente de forma presencial en un Registro distinto
del Ayuntamiento de Cuevas Bajas o en las oficinas de Correos, además de figurar en la
misma la fecha de presentación, el aspirante deberá simultáneamente remitir aviso de su
presentación mediante email al correo electrónico ayuntamiento@cuevasbajas.es.
Durante el plazo de presentación de solicitudes se pondrá a disposición de los/as
aspirantes en la web https://cuevasbajas.sedelectronica.es/oep-2021, una guía con las
instrucciones a seguir para la correcta cumplimentación de la solicitud, con todos sus
anexos y procedimiento para el abono de la tasa de derechos de examen.
5.3. El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
5.4. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en el correspondiente plazo que se abrirá a tal efecto.
5.5. Las solicitudes se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones que figuren en
las bases de cada convocatoria, debiéndose presentar una por cada plaza a la que se opta.
5.6. Derechos de participación en el proceso selectivo.
5.6.1. Los derechos de participación en el proceso selectivo serán los contemplados
en la correspondiente ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derecho de examen
del Excmo. Ayuntamiento de Cuevas Bajas, que pueden ser consultadas en página web
de esta Corporación (Portal de Transparencia): www.cuevasbajas.sedelectronica.es.
El pago de la tasa se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes,
mediante ingreso en la cuenta corriente del Excmo. Ayuntamiento de Cuevas Bajas,
número IBAN ES17 2103 2020 7131 1000 0010 de Unicaja en Cuevas Bajas. A la
solicitud de participación en la respectiva convocatoria, la persona aspirante deberá
adjuntar, además de la autoliquidación, el documento acreditativo del ingreso en la
mencionada cuenta, en el que deberá constar nombre y apellidos del aspirante, nunca
del representante, plaza a la que opta, importe, fecha del ingreso y el número de
preinscripción que aparece al iniciar el procedimiento de presentación de la solicitud de
participación.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa de los
derechos de participación en el proceso selectivo o la justificación de la concurrencia de
alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso
selectivo.
La falta de justificación del abono de los derechos de participación o de encontrarse
exento del mismo determinará la exclusión de la persona aspirante.
Las tasas satisfechas en concepto de derechos de participación en proceso
selectivo, no serán devueltas cuando las personas candidatas resulten excluidas en la
lista definitiva, por errores cometidos en su solicitud y atribuible a ellas mismas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310711
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía