5. Anuncios. . (2024/230-56)
Anuncio de 30 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Cuevas Bajas, de bases de la convocatoria para la selección mediante concurso-oposición de la plaza de arquitecto perteneciente a la plantilla de personal funcionario. (PP. 9980/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 53763/4
- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado.
- El Decreto 2/2002, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso,
Promoción Interna, Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y
hombres.
- La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
- La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, y la Ley 9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género de Andalucía.
- La Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
- El Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo
público para el año 2023 de la Administración General del Estado.
- El Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
- El Decreto 2023/5165, de 6 de julio, apartado primero punto 4.2., de delegación de
competencias en la Junta de Gobierno.
Tercera. Requisitos.
3.1. Las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos que se reflejan a
continuación, además de los específicos que se señalen en las correspondientes
convocatorias de cada categoría, el día que finalice el plazo de presentación de
solicitudes de la convocatoria y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de
TR-LEBEP, quedando excluidas directamente de la convocatoria los/as aspirantes en
caso contrario:
1. Nacionalidad.
1.1. Tener la nacionalidad española.
1.2. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de
condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa
o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la
salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a) Los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la
Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de
derecho.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310711
Segunda. Principio de igualdad de trato.
La convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en
el acceso al empleo público, de acuerdo a lo establecido en el art. 14 de la Constitución
Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que el aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres; la Ley 15/2022,
de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación; la Ley 12/2007,
de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, y la Ley
9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para
la promoción de la igualdad de género de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 53763/4
- El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado.
- El Decreto 2/2002, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso,
Promoción Interna, Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y
hombres.
- La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
- La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, y la Ley 9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género de Andalucía.
- La Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
- El Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo
público para el año 2023 de la Administración General del Estado.
- El Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
- El Decreto 2023/5165, de 6 de julio, apartado primero punto 4.2., de delegación de
competencias en la Junta de Gobierno.
Tercera. Requisitos.
3.1. Las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos que se reflejan a
continuación, además de los específicos que se señalen en las correspondientes
convocatorias de cada categoría, el día que finalice el plazo de presentación de
solicitudes de la convocatoria y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de
TR-LEBEP, quedando excluidas directamente de la convocatoria los/as aspirantes en
caso contrario:
1. Nacionalidad.
1.1. Tener la nacionalidad española.
1.2. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de
condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa
o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la
salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a) Los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la
Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de
derecho.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310711
Segunda. Principio de igualdad de trato.
La convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en
el acceso al empleo público, de acuerdo a lo establecido en el art. 14 de la Constitución
Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que el aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres; la Ley 15/2022,
de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación; la Ley 12/2007,
de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, y la Ley
9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para
la promoción de la igualdad de género de Andalucía.