5. Anuncios. . (2024/230-56)
Anuncio de 30 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Cuevas Bajas, de bases de la convocatoria para la selección mediante concurso-oposición de la plaza de arquitecto perteneciente a la plantilla de personal funcionario. (PP. 9980/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 53763/14
Novena. Desarrollo del proceso selectivo.
9.1. El orden de actuación de las personas aspirantes será el que resulte del sorteo
a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 464/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
9.2. Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento
único, debiendo asistir los/as aspirantes, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan. Deberán acreditar su identidad mediante DNI, NIE o pasaporte, en vigor,
pudiéndose impedir el acceso a la realización de las pruebas a aquellos que no la
acrediten.
Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza
mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
9.3. Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de
los restantes ejercicios se harán públicos, al menos, con doce horas de antelación, a
la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si
se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en la Sede Electrónica (tablón de
anuncios), en la página web www.cuevasbajas.sedelectronica.es, así como en el Portal
de Transparencia del Ayuntamiento de Cuevas Bajas.
9.4. Tras la publicación de las calificaciones provisionales obtenidas, ordenadas de
mayor a menor puntuación, en cada uno de los ejercicios, con indicación de la puntuación
mínima requerida para superar dicho ejercicio, los/as aspirantes dispondrán de un plazo
de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las puntuaciones,
para la presentación de las alegaciones que estimen oportunas.
9.5. El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de
la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.
El Tribunal podrá excluir aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres,
rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.
9.6. En el caso de que el Tribunal haya acordado parámetros para la calificación
de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en las bases de la
convocatoria, los mismos deberán difundirse con anterioridad a la realización de dicho
ejercicio. En el caso de exámenes tipo test el criterio de evaluación se establece en estas
bases.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310711
El Tribunal Calificador, tendrá la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir
acerca de la experiencia, cursos, títulos y demás aspectos del concurso.
8.4. En caso de empate, se atenderá:
- En primer lugar a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio práctico.
- En segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio (teórico).
- En tercer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio (teórico).
- En cuarto lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado Experiencia
profesional de la fase de concurso.
- En quinto lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado Formación de la fase
de concurso.
- En último lugar, de persistir el empate, al orden alfabético de actuación de los
opositores, de conformidad con lo previsto en la resolución de la Secretaría de Estado
competente en materia de Función Pública, vigente en la fecha de finalización del plazo
de solicitudes, por la que se determine el orden de actuación de los/as aspirantes en
todas las pruebas selectivas que se celebren durante el año. La ordenación alfabética de
los/as aspirantes, se efectuará atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la
Real Academia Española.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 53763/14
Novena. Desarrollo del proceso selectivo.
9.1. El orden de actuación de las personas aspirantes será el que resulte del sorteo
a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 464/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
9.2. Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento
único, debiendo asistir los/as aspirantes, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan. Deberán acreditar su identidad mediante DNI, NIE o pasaporte, en vigor,
pudiéndose impedir el acceso a la realización de las pruebas a aquellos que no la
acrediten.
Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza
mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
9.3. Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de
los restantes ejercicios se harán públicos, al menos, con doce horas de antelación, a
la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si
se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en la Sede Electrónica (tablón de
anuncios), en la página web www.cuevasbajas.sedelectronica.es, así como en el Portal
de Transparencia del Ayuntamiento de Cuevas Bajas.
9.4. Tras la publicación de las calificaciones provisionales obtenidas, ordenadas de
mayor a menor puntuación, en cada uno de los ejercicios, con indicación de la puntuación
mínima requerida para superar dicho ejercicio, los/as aspirantes dispondrán de un plazo
de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las puntuaciones,
para la presentación de las alegaciones que estimen oportunas.
9.5. El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de
la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.
El Tribunal podrá excluir aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres,
rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.
9.6. En el caso de que el Tribunal haya acordado parámetros para la calificación
de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en las bases de la
convocatoria, los mismos deberán difundirse con anterioridad a la realización de dicho
ejercicio. En el caso de exámenes tipo test el criterio de evaluación se establece en estas
bases.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310711
El Tribunal Calificador, tendrá la facultad de resolver cualquier duda que pueda surgir
acerca de la experiencia, cursos, títulos y demás aspectos del concurso.
8.4. En caso de empate, se atenderá:
- En primer lugar a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio práctico.
- En segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio (teórico).
- En tercer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio (teórico).
- En cuarto lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado Experiencia
profesional de la fase de concurso.
- En quinto lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado Formación de la fase
de concurso.
- En último lugar, de persistir el empate, al orden alfabético de actuación de los
opositores, de conformidad con lo previsto en la resolución de la Secretaría de Estado
competente en materia de Función Pública, vigente en la fecha de finalización del plazo
de solicitudes, por la que se determine el orden de actuación de los/as aspirantes en
todas las pruebas selectivas que se celebren durante el año. La ordenación alfabética de
los/as aspirantes, se efectuará atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la
Real Academia Española.