Autoridades y personal. . (2024/230-13)
Acuerdo de 3 de octubre de 2024, de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, por el que se anuncia convocatoria pública de una plaza indefinida de Técnico(a) A para el departamento de mantenimiento y servicios portuarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 54565/7
00311512
De manera adicional, y conforme a los requisitos de cada complemento o plus, podrán
percibirse cantidades relativas a complementos y pluses como productividad, trabajo en
domingo, festivos, sábados, a jornada partida.
A las retribuciones íntegras anteriores se les aplicarán las preceptivas deducciones
como la cotización a la Seguridad Social, el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas o aquellas otras reguladas en las disposiciones legales vigentes. La liquidación
del salario, que se desglosará en el modelo de recibo vigente en la entidad, se efectuará
mediante transferencia a la cuenta bancaria que la persona habrá de informar al
Departamento de Recursos Humanos.
d) Seguridad y salud laboral.
Todos los puestos, centros y lugares de trabajo en la Agencia están sometidos a la
evaluación de riesgos laborales y planificación de medidas preventivas y de emergencias
prevista en la vigente legislación, a través de la Unidad de PRL y del Servicio de
Prevención externo de la entidad, en la que se encuentra constituido el Comité de
Seguridad y Salud como órgano paritario de consulta y participación de las personas
trabajadoras en esta materia.
Todas las personas que sean contratadas recibirán la ficha de información de riesgos
y medidas preventivas y de emergencia aplicables a su puesto de trabajo, debiendo
observar en el desempeño de sus funciones y tareas las previsiones en ella contenidas.
Para la preceptiva cobertura de los riesgos de accidente de trabajo y enfermedades
profesionales, la Agencia tiene concertada la asistencia médica, sanitaria, rehabilitadora
y las prestaciones económicas derivadas de la incapacidad temporal por accidente de
trabajo o enfermedad profesional con una mutua colaboradora con la Seguridad Social.
También está concertada con dicha Mutua la gestión de las prestaciones económicas por
contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 54565/7
00311512
De manera adicional, y conforme a los requisitos de cada complemento o plus, podrán
percibirse cantidades relativas a complementos y pluses como productividad, trabajo en
domingo, festivos, sábados, a jornada partida.
A las retribuciones íntegras anteriores se les aplicarán las preceptivas deducciones
como la cotización a la Seguridad Social, el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas o aquellas otras reguladas en las disposiciones legales vigentes. La liquidación
del salario, que se desglosará en el modelo de recibo vigente en la entidad, se efectuará
mediante transferencia a la cuenta bancaria que la persona habrá de informar al
Departamento de Recursos Humanos.
d) Seguridad y salud laboral.
Todos los puestos, centros y lugares de trabajo en la Agencia están sometidos a la
evaluación de riesgos laborales y planificación de medidas preventivas y de emergencias
prevista en la vigente legislación, a través de la Unidad de PRL y del Servicio de
Prevención externo de la entidad, en la que se encuentra constituido el Comité de
Seguridad y Salud como órgano paritario de consulta y participación de las personas
trabajadoras en esta materia.
Todas las personas que sean contratadas recibirán la ficha de información de riesgos
y medidas preventivas y de emergencia aplicables a su puesto de trabajo, debiendo
observar en el desempeño de sus funciones y tareas las previsiones en ella contenidas.
Para la preceptiva cobertura de los riesgos de accidente de trabajo y enfermedades
profesionales, la Agencia tiene concertada la asistencia médica, sanitaria, rehabilitadora
y las prestaciones económicas derivadas de la incapacidad temporal por accidente de
trabajo o enfermedad profesional con una mutua colaboradora con la Seguridad Social.
También está concertada con dicha Mutua la gestión de las prestaciones económicas por
contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja