Autoridades y personal. . (2024/229-27)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 25 de noviembre de 2024
página 54335/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
La Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad
de Granada para el año 2024 se realiza en un contexto de prórroga de Presupuestos
Generales del Estado de 2023, en virtud del art. 134.4 de la Constitución Española, hasta
la eventual aprobación de los presupuestos para el año 2024. La Oferta de Empleo Público
del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Ganada se realiza de acuerdo
a la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023. El artículo 20.Dos.1 de la mencionada ley establece que la incorporación de
personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se sujetará a
una tasa de reposición de efectivos de 120 por ciento en los sectores prioritarios y de 110
por ciento en todos los sectores
Por otra parte, el artículo 20.Dos.3.I) de la Ley 31/2022 establece que se consideran
sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición las plazas de los cuerpos de
Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad y de Profesores Contratados Doctores
de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que
dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.
Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de
Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores
contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a
destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación,
en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que
haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el
supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán
ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales
y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un
certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados
reúnen los requisitos establecidos en este apartado.
Asimismo, el artículo 20.Dos.1 establece que, en los sectores no considerados
prioritarios, como son los profesores colaboradores y los profesores de educación física
a extinguir, la tasa de reposición será del 110 por cien.
Por otra parte, a partir del procedimiento de cálculo establecido en el artículo 20.Tres.7
y sobre la base de altas y bajas producidas en el ejercicio de 2023, la tasa de reposición
para el Personal Docente e Investigador para la Universidad de Granada para el año 2024
será hasta un máximo de 319 plazas. De este total de plazas la Universidad de Granada
está obligada a destinar un total de 48 plazas para la incorporación, en aquella categoría
para la que esté acreditado, de personal investigador doctor del que haya obtenido el
certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no
se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros
investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan
obtenido el certificado I3.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de
Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, las Universidades podrán convocar plazas
de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311283
Resolución de 18 de noviembre de 2024, del Rector de la Universidad de
Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal
Docente e Investigador para el año 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 25 de noviembre de 2024
página 54335/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
La Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad
de Granada para el año 2024 se realiza en un contexto de prórroga de Presupuestos
Generales del Estado de 2023, en virtud del art. 134.4 de la Constitución Española, hasta
la eventual aprobación de los presupuestos para el año 2024. La Oferta de Empleo Público
del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Ganada se realiza de acuerdo
a la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023. El artículo 20.Dos.1 de la mencionada ley establece que la incorporación de
personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se sujetará a
una tasa de reposición de efectivos de 120 por ciento en los sectores prioritarios y de 110
por ciento en todos los sectores
Por otra parte, el artículo 20.Dos.3.I) de la Ley 31/2022 establece que se consideran
sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición las plazas de los cuerpos de
Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad y de Profesores Contratados Doctores
de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que
dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.
Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de
Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores
contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a
destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación,
en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que
haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el
supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán
ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales
y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un
certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados
reúnen los requisitos establecidos en este apartado.
Asimismo, el artículo 20.Dos.1 establece que, en los sectores no considerados
prioritarios, como son los profesores colaboradores y los profesores de educación física
a extinguir, la tasa de reposición será del 110 por cien.
Por otra parte, a partir del procedimiento de cálculo establecido en el artículo 20.Tres.7
y sobre la base de altas y bajas producidas en el ejercicio de 2023, la tasa de reposición
para el Personal Docente e Investigador para la Universidad de Granada para el año 2024
será hasta un máximo de 319 plazas. De este total de plazas la Universidad de Granada
está obligada a destinar un total de 48 plazas para la incorporación, en aquella categoría
para la que esté acreditado, de personal investigador doctor del que haya obtenido el
certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no
se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros
investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan
obtenido el certificado I3.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de
Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, las Universidades podrán convocar plazas
de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311283
Resolución de 18 de noviembre de 2024, del Rector de la Universidad de
Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal
Docente e Investigador para el año 2024.