3. Otras disposiciones. . (2024/229-43)
Orden de 18 de noviembre de 2024, por la que se delega al Ayuntamiento de Guadix (Granada) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen o ejecuten el planeamiento de protección en el ámbito Casco Antiguo del Conjunto Histórico de Guadix (Granada).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 25 de noviembre de 2024

página 54480/5

Tercero. Resulta de obligado cumplimiento lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de
la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía referente a
los expedientes de ruina y a la prohibición de demolición de inmuebles inscritos en el
Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Cuarto. La derogación, revisión o modificación del documento aprobado supondrá la
revocación de la delegación efectuada mediante la presente orden, a no ser que aquellas
se hubieran llevado a término con el informe favorable de la Consejería competente
en materia de patrimonio histórico. Asimismo, podrá ser revocada la delegación en el
caso de incumplimiento por el municipio del plan aprobado, en el de incumplimiento
de la obligación prevista en el artículo 40.3 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del
Patrimonio Histórico de Andalucía en relación con la composición de la Comisión Técnica
Municipal, y en los demás supuestos contemplados en el artículo 60 del Reglamento
de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el
Decreto 19/1995, de 7 de febrero.
Quinto. Los cambios en la Comisión Técnica Municipal deberán ser autorizados por
la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de
patrimonio histórico en Granada con competencias en patrimonio histórico.
Sexto. La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y surtirá
efectos desde el día siguiente al de su aceptación expresa por el Ayuntamiento de Guadix,
conforme al artículo 19.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
Dicha aceptación deberá efectuarse en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir
del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, desde el día siguiente al de su publicación, recurso de reposición
ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo que corresponda del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 18 de noviembre de 2024
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ

00311428

Consejera de Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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