3. Otras disposiciones. . (2024/229-44)
Orden de 18 de noviembre de 2024, por la que se aprueba el Protocolo Marco de Actuación para la Protección de las Personas Menores frente a la Violencia en el Deporte.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
denoviembre
Cultura y Deporte
Número 229 -Consejería
Lunes, 25 de
de 2024

página 54510/42

ANEXO 0A. MODELO DE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL PARA ENTIDADES
DEPORTIVAS
Con el fin de informar sobre lo abordado por la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de
Andalucía en la aplicación de la Ley Orgánica, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la
adolescencia frente a la violencia, se le remite la siguiente carta de presentación:
La Ley Orgánica, de 4 de junio, es una ley de protección integral a la infancia y adolescencia frente a
la violencia.
Sus objetivos, en el ámbito del deporte y del ocio, son la prevención, la detección precoz y la
intervención en posibles situaciones de violencia sobre personas menores y el construir entornos
seguros para la práctica deportiva.
En este sentido, la ley impone una serie de obligaciones a las administraciones y entidades
deportivas.
La ley atribuye a las entidades deportivas las siguientes obligaciones:
 Tener asignada la figura del Delegado/a de Protección de la persona menor o Comisionado
del Menor Deportista (artículo 55 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan
las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de
funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
 Que las personas que tengan contacto diario con personas menores de edad, así como la
persona que ejerza de Delegado/a de Protección de la persona menor, dispongan de la
formación mínima relacionada con la materia de prevención y detección de situaciones de
violencia contra la infancia y adolescencia.
 Poner en marcha el protocolo básico facilitado por la institución pública correspondiente, en
este caso el presente Protocolo Marco facilitado por la Consejería de Cultura y Deporte de la
Junta de Andalucía.
En Andalucía, estas obligaciones serán exigibles a partir del 1 de julio de 2025.
En relación a la formación mencionada, habrá 2 formaciones on-line (gratuitas):
1) Formación de sensibilización.
2) Formación dirigida al Delegado/a de Protección de la persona menor o Comisionado del Menor
Deportista (artículo 55 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo).
Para la realización de esta formación, habrá que dirigirse al Instituto Andaluz del Deporte para
realizar la inscripción en las formaciones y ver los plazos de los cursos.

00311457

La información adicional se encuentra en el portal de ese Instituto (enlace aquí).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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